Índice de contenidos
Hemos actualizado nuestra entrada en el blog “Los accidentes de tráfico y los pasos no habilitados para cruzar” para tratar la problemática legal en casos de atropello a un peatón en un paso de cebra y también cuando se produce un atropello fuera de un paso de cebra. Además, explicaremos los efectos legales de la concurrencia de culpas.
¿Buscas abogados especialistas en indemnizaciones por accidente de tráfico en Madrid? Contacta ahora mismo con nosotros!
La principal diferencia es que los pasos de peatones son lugares habilitados para el tránsito, siempre y cuando las circunstancias lo permitan.
En cambio, si sufres un atropello fuera de un paso de cebra, entrarán en juego todas las circunstancias del accidente. En este contexto, es importante considerar que ciertas obligaciones y responsabilidades pueden estar sujetas a plazos.
Por ejemplo, conocer cuándo prescribe una deuda puede ser relevante si se enfrentan reclamaciones por daños o gastos asociados al atropello. Si decides presentar una reclamación por atropello, a la hora de cuantificar una indemnización por accidente, esta podría verse significativamente reducida.
La pérdida de indemnización puede oscilar entre un 25% y un 50% de la cantidad correspondiente, según el nuevo Baremo de tráfico.
Si el peatón cruzaba correctamente por un paso de cebra o si lo atropellaste en un lugar no habilitado para el paso de vehículos, tendrá derecho a ser indemnizado por la cantidad correspondiente a través de su compañía aseguradora. Sin embargo, es importante tener en cuenta las obligaciones legales en caso de impagos.
En este sentido, puedes informarte sobre si te pueden obligar a pagar una deuda derivada de un accidente de tráfico.
Si el peatón cruzaba de manera correcta y es atropellado, la responsabilidad será “siempre” del conductor.
En cuanto a la concurrencia de culpas, si el peatón cruzaba fuera del paso de cebra o apareció de manera sorpresiva en la calzada, impidiendo al conductor reaccionar a tiempo, no tendrá derecho a recibir indemnización por atropello.
Sin embargo, si el conductor circulaba a una velocidad excesiva o no prestaba la atención debida a la vía, aunque el peatón no cruzara por un paso de cebra, podría establecerse una concurrencia de culpas al 50%. En este caso, el peatón podría reclamar una indemnización parcial.
El conductor de un vehículo está obligado a extremar las precauciones y anticiparse a posibles situaciones peligrosas.
Este punto es clave. En algunos casos, nuestros clientes han tenido que asumir los gastos médicos de urgencia y rehabilitación por su cuenta. Si te encuentras en esta situación, recuerda que puedes realizar una reclamación de impagados para recuperar los costos en los que incurriste. Nuestros abogados especialistas en accidentes y reclamaciones de daños recomiendan que guardes todas las facturas para poder justificarlas ante la compañía aseguradora contraria.
Si necesitas asesoramiento, te recomendamos que contactes con nosotros para que podamos derivarte a nuestra Unidad de Accidentes de Tráfico en Madrid y Albacete.
ASEGURAMOS TU COMPRAVENTA
Si vas a firmar la compra o venta de un vehículo y surgiesen vicios ocultos, contarás con un bufete de abogados especialista para iniciar acciones de reclamación o defensa sin coste adicional.
Otra cuestión, para el caso de haber llegado a un acuerdo extrajudicial con la compañía de seguros, responsable civil subsidiaria del vehículo asegurado, es la que tiene relación con el pago de las indemnizaciones.
Es de vital importancia conocer los gastos ocasionados a tu costa y asumidos por tu compañía de seguros (entendiendo que es privada); esta actuará por su propia cuenta para reclamar los gastos habidos.
Hay compañías que no se encargan de esa gestión, y ha dado lugar a que con la indemnización pactada, se tengan por incorporados todos los conceptos (incluidos los gastos de hospitales y otros derivados del mismo), lo que ocasionaría serios problemas una vez terminado el procedimiento, y haber renunciado a las acciones civiles y penales.
¿Has sufrido un atropello en Madrid?
El tema es controvertido, especialmente si consideramos que los conductores tienen la obligación de controlar sus vehículos en todo momento. Esto incluye la capacidad de detener el automóvil dentro de los límites de su campo de visión y reaccionar ante cualquier obstáculo que pueda aparecer, como un peatón cruzando por un lugar no habilitado.
Desde este punto de vista, la cuestión a debatir es la posible concurrencia de culpas en el atropello de un peatón. Esta puede derivarse, por un lado, de la falta de precaución del conductor y, por otro, de la acción del peatón al cruzar fuera de un paso habilitado.
Este tipo de análisis es similar al que se realiza en otras áreas legales, como en los casos de donaciones y su funcionamiento legal, donde las obligaciones y derechos de las partes juegan un papel crucial.
Para evaluar la responsabilidad y minimizar los criterios de culpabilidad, es fundamental considerar los siguientes factores:
Estos criterios juegan un papel clave en la resolución legal de un atropello y en la posible reducción de la indemnización en casos de concurrencia de culpas.
19 febrero, 2025 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
C/ José María Serna, 5 local
Madrid, 28001 (Madrid)
info@garonabogados.es
666555444
Lunes a Viernes: 09:00 a 14:00 - 16:00 a 19:00
Título de la sección
Comentarios de los usuarios
SANDRA LIDIA BURAN BUSO
COMO SE LLAMA CUANDO ATROPELLAS A UNA PERSONA PORQUE SE TE ATRAVIESA ?
Luis Enrique de Garón Abogados
Buenas Sandra,
¿atropello?
Un saludo,
Jose
Buenas yo he sido atropellado en la via publica. Estacione el coche en doble fila y me dirigia a la acera y vino un forgon y me atropello tengo derecho a indennizacion?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos José.
En principio, podría dar lugar al derecho a ser indemnizado, pero necesitaríamos tener más detalles del caso para valorarlo. Si lo deseas, podemos contactar por privado para tener más detalles.
Encantado de saludarte,
Jose
Sufri un ateopello. Tenia el coche en doble fila y me dirigia hacia la acera a recoger un paquete y vino un furgon y me ateopello. Fue en una avenida . Tengo derecho a indennizacion
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos José.
Podría dar lugar estos hechos al cobro de una indemnización. Tendríamos que analizar con más detalles las circunstancias ya que podría haber una culpa compartida que minoraría el importe de la indemnización. Podemos contactar por privado para tener más detalles.
Un saludo,
Profesor
Tienes derecho a volver al colegio a que te expliquen y eduquen por dónde se debe cruzar y por dónde no.
Ruben
Hola e atropellado a una persona en un paso para peatones alado había un camión i no vi a nadie cruzar tengo seguro a otro nombre pero Estoi como conductor habitual en que puede quedar el caso?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por contactarnos Rubén.
Imagino que del atropello se abrió algún atestado o acudió Policía o servicios médicos para conocer el estado del accidentado. A partir de ahí, puede llamarte la oficina de tráfico de la Policía para que prestes declaración sobre lo ocurrido. Salvo que se aprecie temeridad, puede que quede en una cuestión del seguro. No obstante, quedo a tu disposición para tener más detalles del caso por privado.
Encantado de saludarte,
Deja un comentario
Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *