Actualizado el 05 noviembre, 2024 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
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Los vicios ocultos en una compraventa pueden ser objeto de reclamación sobre cualquier tipo de bien susceptible de uso, y por el que puedan reclamarse daños y perjuicios al ver frustradas las expectativas de compra.
A continuación, tratamos algunos aspectos relacionados derechos y obligaciones de comprador y vendedor respectivamente, cómo operan las diferentes normativas, cómo identificarlos y cuál es el momento idóneo para contactar con abogados especialistas en vicios ocultos.
Si cualquier aspecto no quedare resuelto, no dudes en ponerte en contacto con nosotros por privado.
Los vicios ocultos pueden aparecer en dos tipos de bienes. Los vicios ocultos en viviendas son defectos no evidentes a simple vista que pueden afectar el valor, uso o integridad de una propiedad. Estos fallos no son detectables de manera sencilla por un comprador común y solo salen a la luz una vez que se ha concretado la venta. Algunos ejemplos son las humedades, problemas estructurales o las plagas. Los vicios ocultos en bienes muebles son defectos de la misma índole pero afectando a vehículos, maquinaria, electrodomésticos…
Pero también lo podemos ver en vicios ocultos de coches en los que, al cabo de unos kilómetros recorridos, pueden aparecer averías de diferente envergadura, como saltar el aviso de centralita sobre la temperatura, que el tubo de escape empiece a expulsar mucho humo blanco, etc.
Algunos de los derechos del comprador si descubre vicios ocultos en su propiedad son:
Sabemos cómo defender un incumplimiento de contrato por aparecer vicios ocultos
¿Hablamos?
Identificarlos puede ser un reto bastante complicado pero, si sabemos identificar las características de los vicios ocultos , nos resultará más sencillo. Para ello, hay que saber que no son aparentes a simple vista, afectan a la utilidad del bien, deben haber existido antes de la compraventa y no deben haber sido conocidos por el comprador.
En todos los tipos de vicios ocultos, se identificarán al ver frustrada cualquier expectativa de uso que había con la compra.
Para iniciar una reclamación por vicios ocultos deberás saber una serie de datos importantes para tener éxito en ella:
En cualquier caso, siempre hay que dar la posibilidad al vendedor de que pueda reparar los daños.
El vendedor tiene una serie de responsabilidades para garantizar que el bien se entregue en el mejor estado posible y libre de vicios ocultos. Para ello existen obligaciones del vendedor en la compraventa , tales como garantizar que el bien esté libre de defectos ocultos, informar sobre la existencia de defectos y entregar el bien en las condiciones acordadas.
Así mismo, también existen excepciones a la responsabilidad del vendedor , es decir, si el comprador conocía el vicio oculto, la exoneración de responsabilidad mediante cláusula contractual, la venta de bienes de segunda mano o defectos surgidos después de la venta.
Podríamos entender la responsabilidad del vendedor como los derechos del comprador ante la aparición de vicios ocultos.
Para evitar los vicios ocultos, uno de los factores más importantes es realizar varias inspecciones previas a la compraventa , ya que nos van a ayudar a identificar defectos ocultos no visibles a primera vista y a tomar decisiones respecto a ellos.
Otra parte determinante es la importancia del asesoramiento legal , ya que un buen abogado puede facilitarte la tarea de revisión de contratos, puede asesorarte y evitar fraudes. Además, también es fundamental la revisión de las garantías y cláusulas de exclusión en contratos de compraventa.
Si bien es cierto, en la práctica se suelen omitir en muchas ocasiones estos puntos, ya que suponen un incremento de la inversión realizada. En muchos casos, se prefiere arriesgar por aquello del coste de oportunidad.
La principal diferencia entre los vicios ocultos y otros defectos de compraventa reside en si son visibles o conocidos al comprar. Los vicios ocultos son imperfecciones no visibles al comprar, a diferencia de los defectos visibles.
Algunos de los defectos de compraventa podrían ser, los defectos de cumplimiento, que se refieren a no cumplir con las especificaciones acordadas en el contrato, mientras que los defectos de fabricación son causados por errores durante la producción de un producto. Comprender estas distinciones ayuda a compradores y vendedores a saber cómo proceder si surge algún problema con el producto adquirido.
Factores como el alcance de la gravedad, los posibles peligros para la salud, y su incidencia en el precio, son algunos de los elementos a tener en cuenta para diferenciarlos.
Es importante conocer la normativa aplicable en España sobre vicios ocultos , ya que estos se encuentran regulados por el Código Civil y la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU).
Estas leyes definen los derechos del comprador y las responsabilidades del vendedor en caso de que se detecten vicios ocultos en un bien adquirido. Aun así, han habido modificaciones recientes en la legislación como el Real Decreto-ley 7/2021 sobre las nuevas garantías legales o la protección de bienes digitales.
En materia de consumidores y usuarios, en Cataluña, otro de los puntos dónde prestamos nuestros servicios, tienen su propia normativa por lo que habrá que estar a lo dispuesto en ella.
Apostamos por la opción más beneficiosa a la hora de reclamar vicios ocultos
¿Hablamos?
Aunque nos estamos centrando mucho en vehículos y vivienda, los vicios ocultos se pueden ver en todo aquello que es susceptible de uso y posible un incumplimiento de contrato. Solo tendremos que probar su falta de información y su grado de peligrosidad.
A continuación, vemos algunos casos:
Un hombre compra un terreno para un proyecto agrícola, pero el suelo estaba contaminado con químicos. El vendedor no informó al comprador, ni se hizo inspección ambiental previa, imposibilitando el campo para el uso agrícola. El comprador demandó al vendedor y el tribunal ordenó la resolución del contrato y la devolución del precio de compra al comprador, ya que el suelo había quedado inservible.
Un comprador adquiere una vivienda aparentemente en perfecto estado pero empieza a advertir la presencia de termitas, las cuales no se evidenciaron durante la compraventa, y el vendedor no le había informado de este problema. El comprador demandó al vendedor y el tribunal falló a favor del primero, ya que consideró el problema como un vicio oculto que afectaba a la habitabilidad de la vivienda. El contrato fue resuelto y el vendedor devolvió el importe de la compraventa al comprador.
Un consumidor adquirió un frigorífico pero al cabo de unos meses el sistema de enfriamiento comenzó a fallar. El defecto no era evidente en el momento de la compra y el comprador no había sido informado de ello, por lo que demandó al vendedor. El tribunal lo consideró un vicio oculto y ordenó al vendedor la reparación del electrodoméstico.
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