Actualizado el 27 noviembre, 2024 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
En los últimos meses hemos estado gestionando bastantes casos de trabajadores que solicitan nuestros servicios para seguir los trámites tras el despido porque viven en el extranjero.
En la mayoría de los casos tienen un denominador común: el hecho de no encontrarse en España y/o haber trabajado en remoto. Todo esto impide que puedan hacer los trámites correspondientes a la papeleta de conciliación e incluso, y más importante, el poder para acudir al acto de conciliación.
Cuando se presentan estos escenarios, nuestros abogados laboralistas recomiendan preparar un poder de representación, que al menos, y hasta la celebración del acto del juicio, te faculte a no tener que presentarte. Durante los trámites del despido, siempre se podrá llegar a un acuerdo previamente o que nos concedan hacer el juicio en remoto o por videoconferencia.
Cuando se vive en el extranjero, el poder de representación tiene que venir con apostilla. En algunos países es un documento telemático, pero siempre se necesitarán los originales para presentar en cualquier actuación.
Como indicamos en los artículos enlazados, y para el supuesto de querer reclamar el despido, tienes 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación como la demanda de despido y reclamación de cantidad (en muchos casos). Por este motivo, te recomendamos que no demores mucho la cuestión de los poderes.
Si vives en el extranjero y/o has trabajado en remoto y tienes que iniciar los trámites del despido en España, no dudes en ponerte en contacto con nuestros abogados laboralistas.
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