La realidad, es que las empresas te pueden despedir de un día para otro sin preaviso. Otra cosa diferente sería si ese despido puede llegarse a considerar improcedente o nulo.
En las consultas laborales, siempre tratamos de explicar a los clientes, que estas decisiones empresariales, en la mayor parte de las ocasiones, no se tratan de represalias que deban de tomarse de manera personal, sino que son decisiones dentro de la esfera profesional, y que en muchos casos tiene como objetivo la supervivencia del negocio.
El pasado 15 de enero de 2024, en una actuación en el CEMAC de Barcelona por un despido de una cliente que vivía en el extranjero, ya nos comentaron que los señalamientos para actos de conciliación ordinario estaban dando fechas para marzo. Este dato viene a interpretar, que en este periodo se están produciendo, sino muchos despidos, si muchas modificaciones de los contratos de trabajo.
Nuestra recomendación, siempre que tengamos una carta de despido, en la medida de lo posible se haga un reset profesional, en el que intentamos hacer ver, que lo realmente importante es incorporarse de nuevo al mercado laboral, y poder obtener un nuevo puesto para seguir trabajando. Al final, lo que queda de una reclamación laboral, es que con el tiempo, se obtenga una u otra indemnización.
En muchos casos, se produce el despido de mutuo acuerdo, lo que facilitará que el trabajador pueda estar en el paro. Con ese acuerdo, tan pronto como se homologue en el acto de conciliación, ya tendrás todo en regla. Por este motivo, siempre foco en las nuevas oportunidades que puedan surgir.
Por desgracia, hoy en día, un contrato indefinido no garantiza nada más que un puesto de trabajo.
Llegados a este extremo, siempre te recomendaremos que trates tu situación con abogados laboralistas. La extinción de los contratos de trabajo tiene muchas implicaciones, no solo laborales, sino también fiscales. Contacta con nosotros para conocer tu asunto.
19 enero, 2024 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
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