Si deseas saber más sobre la subrogación de contrato, en esta guía de nuestros abogados laboralistas realizaremos un profundo análisis para que puedas conocer todo acerca de este concepto y así, resolver todas tus dudas e incertidumbres.
Tabla de contenidos
La subrogación de contrato laboral está regulada en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, y afecta principalmente a aquellos trabajadores que trabajen para una empresa que haya cambiado de empresario.
La subrogación laboral se produce cuando cambia la titularidad de una empresa, es decir, pasa de ser de un empresario a otro.
Sin embargo, el nuevo empresario ha de respetar todas las relaciones laborales y contratos que habían sido establecidos por el anterior titular. Por tanto, ha de mantener los contratos y condiciones de todos los trabajadores.
La subrogación de contrato puede deberse principalmente a dos situaciones:
En estos pliegos se encuentran recogidos los derechos y obligaciones de los contratos establecidos.
En todos los casos, los trabajadores de la empresa no sufren ninguna consecuencia, puesto que deben mantener tanto su sueldo como su antigüedad y condiciones en la empresa.
Cuando una empresa cambia de titular, el nuevo empresario tiene la obligación de mantener todos los derechos, libertades y relaciones laborales de los trabajadores que estaban trabajando en dicha empresa.
Es decir, los trabajadores no pueden notar ninguna diferencia con respecto a los cambios de titularidad o cualquier otro sufrido en la empresa.
Por tanto, si tu contrato ha sido subrogado a otra empresa, no tienes de qué preocuparte ya que mantendrás todas tus condiciones laborales tal y como habían sido establecidas.
En el caso de que existieran deudas en la empresa inicial, la nueva empresa está obligada a responder por dichas deudas, ya sean con los trabajadores o con otras entidades.
Esto sucede así ya que la nueva empresa es conocedora de la situación de la empresa que va a adquirir, por lo que asume todas las deudas e impagos.
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La antigüedad del trabajador en la empresa tampoco varía, a pesar de que exista un cambio de titularidad, ya que esta antigüedad no depende del contrato sino de la relación laboral.
Por ello, en caso de despido el trabajador podrá contar con la indemnización correspondiente a los años trabajados en la empresa.
Sin embargo, únicamente se tendrá derecho a esta indemnización cuando se ejecute un despido, que no puede ser consecuencia de la subrogación.
Como hemos comentado anteriormente, la nueva empresa está obligada a mantener las condiciones laborables del trabajador, por lo que el salario se mantendrá igual.
En la subrogación de contrato, este salario sólo podrá ser modificado acorde a la ley y respetando lo recogido en el convenio.
La modificación sustancial del salario debe realizarse por causas objetivas, y puede ser reclamada por el trabajador en un plazo máximo de veinte días.
La nueva empresa puede modificar los horarios laborales del trabajador gracias a una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Sin embargo, se han de respetar los derechos previos del trabajador.
Si la nueva empresa traslada el centro de trabajo, y esto conlleva un cambio de residencia del trabajador, este tiene la posibilidad de poner fin a la relación laboral con la empresa, obteniendo por ello la indemnización por despido correspondiente.
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23 julio, 2021 | 15 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
Comentarios de los usuarios
Pedro
Hola, trabajaba en una empresa y esta llegó a un acuerdo con otra para subrogarnos el contrato, el equipo comercial del que formo parte, teniamos un importe para gasolia X al mes durante 12 meses. Esta nueva empresa nos indica que solo pagará los X al mes pero durante 11 meses. ¿Tienen obligacion de mantenernos el importe que teniamos antes para gasolina o nos pueden reducir ese importe a 11 meses unicamente?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Pedro. Habría que analizar el caso con detalle porque de aceptarse podría suponer que no hay una modificación de las condiciones de trabajo y no puedan reclamarse en un futuro incumplimiento. Nos ponemos en contacto por privado. Encantado de saludarte,
Carlos Ivan Castillo
Hola, tuve un caso un tanto diferente, fui promovido de puesto pero al puesto que iba era gestionado por otra empresa del mismo grupo empresarial. Solo me notifican vía carta la subrogación y lo que implica.
Como no se entrega un nuevo contrato según he leído… yo necesito uno por cuestiones personales, el que tengo en físico ya esta obsoleto en el sentido que no contiene los datos actuales, nombre de la nueva empresa, puesto de trabajo, etc. los datos de un contrato…
Si quisiese una copia de mi contrato actual, a la empresa que subrogó mi contrato (la nueva) por temas de que lo requiera para un tramite personal, dígase un prestamos bancario, alquiler de piso, etc.
Obtendría ese documento sin que le pongan pegas ?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Carlos. Entiendo que con el contrato de trabajo de la primera empresa, más el anexo de la subrogación de derechos, vida laboral y nóminas, no deberías de tener problemas para realizar gestiones con bancos. De igual manera, se podría acudir a los derechos ARCO para tener acceso al mismo, pero puede que sea complicado, al menos sin que te pongan pegas. Lamento no ser de más ayuda. Encantado de saludarte,
Juan Alberto
Hola buenas. En mi empresa me han hecho firmar una subrogación a otra empresa en la que pierdo la antigüedad que tenía desde que empecé a trabajar hasta que mi contrato pasó a ser de fijo discontinuo. La antigüedad que tenía previamente es como si no existiera ya. ¿Es esto legal?
Antonia Salmerón
Buenas Juan Alberto,
gracias por contactar con nosotros. Hemos procedido a contactar contigo por privado.
Un saludo,
manuel
me dicen que tienen que hacer un contrato nuevo donde me reconocen la antiguedad en la empresa pero en el contrato tengo la antiguedad del nuevo contrato
es eso legal o me han engañado.
Antonia Salmerón
Gracias por escribirnos Manuel. Me pongo en contacto por privado para tener más detalles de tu asunto laboral. Por la complejidad de esta, no es posible resolverla de manera genérica.
Un saludo.
Cesar
Buenos días llevaba 3 años en una empresa y m hacen una subrogacion y ahora estoy en otra voy hacer un año ,si m despiden cobro el paro de la antiguedad de la otra empresa?o se pierde al pasar un año.saludos
Antonia Salmerón
Buenas Cesar,
procedo a contactar contigo por privado para que nos cuentes la problemática sobre tu asunto laboral
Un saludo,
639 877 691
Soy Conserje de Edificios , Trabajo en una Comunidad de Vecinos que ha Contratado los servicios de mi Empresa , en mi empresa yo llevo 13 Años , La Comunidad de Vecinos me Propone Contratar Otra Empresa que mejoraría mis Condiciones Laborales, Subrogarme por esa nueva Empresa es Legal si yo Acepto, Puede mi Empresa OPONERSE , MUCHAS GRACIAS,
Felix
Hola, mi empresa nos ha subrogado solamente a unos poco empleados, a otra empresa, en la empresa anterior no cobramos la antigüedad, pero en esta
nueva su convenio si la tiene reconocida en trienios, Nos deben abonar a los recién incorporados el plus de antigüedad, yo llevo 18 años de antigüedad.
Gracias
Antonia Salmerón
Buenas Felix,
gracias por visitarnos. Nos pondremos en contacto contigo por privado para conocer tu asunto.
Saludos.
Maria
Buenos dias, ¿puede una empresa que te ha subrogado cambiar alguno de los beneficios que tenias en la otra empresa? y han pasado mas de 15 meses
Luis Enrique García Martínez
Gracias por escribirnos Maria. La subrogación de empresa consiste en transmitir derechos y obligaciones. Nos ponemos en contacto contigo para cualquier resolver las dudas que puedas tener. Saludos,
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