Actualizado el 05 noviembre, 2024 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
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A lo largo de este artículo, expondremos algunos casos de sentencias por vicios ocultos vivienda. Estos versarán sobre la existencia de humedades, la presunta ocultación de defectos que aparecen cuando se hacen reformas, daños que pueden afectar a la salud y seguridad, etc.
Para llegar a la conclusión de estos casos, se hace más que necesario contar con abogados especialistas en vicios ocultos en viviendas, sino también estar alineados con los criterios técnicos de peritos arquitectos.
Cualquier aclaración que necesites resolver de este tipo de asuntos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
En este asunto, veremos la aparición de unas humedades que no eran visibles en el momento de la compra. Estaríamos ante un claro incumplimiento de contrato, si se puede probar la ocultación.
En la sentencia se condena a la parte vendedora, al principal, intereses y costas.
La Audiencia Provincial de Gijón dicta sentencia en 2024, resolviendo un caso de vicios ocultos en la compraventa de una vivienda. En dicha sentencia, las compradoras, Claudia y Moira, demandan a los vendedores, Andrés y Thiara, alegando la existencia de humedades en la vivienda, las cuales no se vieron en la visita anterior a la compra.
En la primera instancia, el tribunal condenó a los vendedores a pagar 27.466’92€, además de los intereses y las costas del juicio, ya que consideraron la intención de los vendedores de ocultar las humedades a través de reformas.
Aun así, los demandados apelaron la sentencia, argumentando que se realizaron varias visitas previas a la compra y que en dichas visitas eran evidentes las humedades. Cuestionaron también el valor de la prueba pericial. Además, también alegaron que las reformas fueron de adecuación y no de reparación de problemas estructurales.
Finalmente, el tribunal desestimó el recurso de los vendedores. Se concluyó que las humedades no eran evidentes y que las reformas realizadas lo fueron para ocultar estos vicios. Se ratificó entonces la condena a pagar los 27.466’92€ para reparar los daños, además de las costas del juicio.
Si te interesa conocer más sentencias de vicios ocultos por humedades, no dudes en consultar el artículo que te dejamos en el enlace anterior.
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En el siguiente supuesto, veremos una reclamación por vicios ocultos en una compraventa, en la que se se condena a una empresa por la venta de un inmueble en la que en parte de los elementos estructurales estaban dañados, y se probó que eran peligrosos para su uso y disfrute.
Condena a la mercantil al principal, intereses y costas del procedimiento.
En el caso, la Audiencia Provincial de Madrid resolvió un conflicto por vicios ocultos en una vivienda en el que el demandante, Giancarlo, adquirió una propiedad a la empresa QUALITYFOX, S.L. Tras la compra, el demandante observa daños graves en el inmueble, los cuales ponían en riesgo la seguridad de la vivienda. La demanda se realiza solicitando una rebaja de la cantidad abonada.
En la primera instancia, el tribunal reconoció la existencia de estos defectos y ordenó a la parte vendedora rebajar el precio, tal y como se pedía, en 19.750€, a modo de compensación por los daños existentes y no revelados.
Tras esto, la empresa vendedora apeló la sentencia alegando que se le había comunicado al comprador el estado y la antigüedad de la vivienda (40 años). Además, se había vendido a un precio ya rebajado y que los defectos eran visibles antes de la compra.
Finalmente, la Audiencia Provincial desestimó la apelación, concluyendo que los defectos estaban ocultos y que la empresa trató de disimularlos con reformas. También se consideró que estos defectos eran graves y que afectaban al uso y seguridad de la vivienda.
A continuación veremos un asunto curioso, ya que se reconoce parte de la existencia de los daños previos a la venta. Pese a ello, se resuelve reduciendo parte del precio de venta, sobre el inicialmente reclamado.
Una sentencia de 2023 de la Audiencia Provincial de Granada aborda un recurso de apelación interpuesto por los demandados debido a la existencia de vicios ocultos en un inmueble. La demandante, doña Cándida, reclamaba una reducción de precio debido a la existencia de vicios ocultos.
En primera instancia, se estima la demanda presentada por doña Cándida, fijándose una indemnización de 27.947’66€, correspondientes a las reparaciones necesarias.
Los demandados, Daniela y Edurne, apelaron argumentando un error en la valoración de la prueba. El tribunal reconoció que algunos de los defectos visibles deberían de haberse reflejado en el precio de la vivienda, debido a que la compradora ya era consciente de estos daños en el momento de la compra. Sin embargo, el tribunal reconoció también la existencia de vicios ocultos que afectaban gravemente a la seguridad de la vivienda.
El tribunal decidió reducir la indemnización a 17.947’66€, ya que parte de los daños eran conocidos por la compradora pero debieron influir en el precio de compra.
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Las filtraciones son otro tipo de vicios ocultos muy frecuentes de ver judicializados. Si los daños están ocultos es importante demostrarlos. Aquí entra en juego la obligación de acreditar los daños. Muy importante la carga de la prueba y a quién le corresponde.
La Audiencia Provincial de Málaga aborda un recurso de apelación en 2023 relacionado con la compraventa de una vivienda. Doña Emma decide demandar a la entidad Inversiones en Activos S.A. debido a que el inmueble presentaba vicios ocultos relacionados con filtraciones. La demandante solicita una reducción del precio de compra ya que, según ella, los daños habían sido ocultados por la parte vendedora.
En primera instancia, la demanda se desestima debido a que la compradora conocía los problemas estructurales del edificio, ya que se le entregaron las actas de comunidad de los propietarios donde se trataban los problemas de filtraciones.
En la apelación, doña Emma alega un error en la valoración de la prueba, haciendo referencia a que no se le informó debidamente de los defectos de la vivienda. Sin embargo, el tribunal desestimó el recurso ya que no había pruebas de que la información hubiese sido ocultada. Además, las humedades eran visibles y se tuvieron en cuenta a la hora de rebajar el precio de venta.
El tribunal ratificó la sentencia de primera instancia y condenó a la apelante a pagar las costas del proceso.
Si los daños están visibles al momento de la compra, no son vicios ocultos. Por eso es importante saber de antemano qué son los vicios ocultos en una vivienda para evitar costes, como ocurrió en este caso resuelto en el año 2022. Entra en el enlace anterior para contar con toda la información que necesitas.
Cuando al demandante no le dan la razón en sus pedimentos, se les condena al pago de las costas de los abogados, procuradores y peritos.
En el presente caso, la Audiencia Provincial de Sevilla se resolvió un recurso de apelación interpuesto por GabriRo S.L. contra la sentencia de primera instancia, que había estimando parcialmente una demanda presentada por Nieves. La demanda original reclamaba los daños derivados de vicios ocultos constructivos en una vivienda adquirida a GabriRo S.L.
En primera instancia se condenó a GabriRo S.L. a pagar 4.268’51€ por los defectos, pero sin imponer costas.
En la apelación, se revocó la sentencia, desestimando la demanda de la compradora. El tribunal consideró que los vicios constructivos alegados habían prescrito según los plazos establecidos en la Ley de Edificación. Señaló también que estos defectos no seguían los requisitos para ser considerados como tal, debido a que eran visibles y conocidos por los demandantes antes del momento de la compra.
Finalmente, se desestima el recurso de los demandantes y se los condena al pago de las costas de la primera instancia, sin pronunciamiento sobre las costas de apelación.
Como has podido leer, este tipo de reclamaciones están a la orden del día y a lo cual debemos prestarle atención a la hora de adquirir un inmueble. Por lo general, las sentencias por vicios ocultos en viviendas hacen hincapié en la importancia que tiene que el comprador revise bien, y a fondo, la vivienda. Además, el vendedor también tiene la obligación de garantizar la entrega de un inmueble libre de daños graves no evidentes al momento de la venta.
Aquí, radica la importancia de que el informe pericial, no solo contemple aquellos daños, sino también de la dificultad de que esos daños hubieren podido ser vistos. Para ello, te recomendamos encarecidamente que estés bajo la dirección de letrados para contemplar todos estos requisitos, y de este modo, poder reducir los riesgos de la reclamación.
Fundador de Garón Abogados, firma especializada en derecho mercantil, fiscal tributario y deportivo, con más de 10 años de experiencia. Apasionado procesalista y negociador, enfocado en brindar confianza, cercanía y soluciones personalizadas.
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