¿CÓMO ACTUAR ANTE UN PROCEDIMIENTO MONITORIO?

Gestión de Impagados, Mercantil

¿CÓMO ACTUAR ANTE UN PROCEDIMIENTO MONITORIO?

Ya tuvimos oportunidad de hablarte de los pasos para saber cómo cobrar deudas y te hablamos del procedimiento monitorio como la solución judicial en vía civil para reclamar facturas impagadas con éxito y total garantía.

El proceso monitorio es la vía por excelencia. En muchos casos, no requiere que tengas conocimientos jurídicos muy amplios, y ni tan siquiera sea necesario contratar a un abogado.

Saber qué es un juicio de procedimiento monitorio, que son las costas de un monitorio, cuánto cuestan las costas y qué pasa si no se pagan, la importancia de tener un abogado en un monitorio son algunas de las cuestiones que de cara a presentar una demanda o de contestar un monitorio debes de tener en cuenta.

¿QUÉ ES UN PROCEDIMIENTO MONITORIO?

Un procedimiento monitorio es un procedimiento judicial en el que se pretende la reclamación del pago de una deuda, de cualquier importe que sea determinado; así como ser una deuda vencida y exigible.

Para acreditar estas deudas puede valerse de cualquier tipo de documento y/o soporte, además de las facturas, albaranes, certificaciones, telegramas, etc.

Recomendamos la lectura de cómo reclamar deudas sin facturas.

No sólo se da en las relaciones comerciales, sino además cada vez es más frecuente encontrarlas en los gastos y derramas derivados de las Comunidades de Propietarios.

Para la petición inicial no será necesaria la asistencia de abogado en el procedimiento monitorio, aunque si te opusieras deberá de ir firmado por abogado y procurador cuando su intervención fuera necesaria por razón de la cuantía.

Para reclamar judicialmente la reclamación de una deuda por medio de procedimiento monitorio, aquellas que no superen la cuantía de 2.000 euros, no será necesaria la asistencia ni la representación de abogado ni procurador respectivamente, pudiendo rellenar un formulario como el que indicamos a continuación.

Que no sea obligatorio no significa que no sea recomendable. En muchas ocasiones hemos visto errores de nuestros clientes, quienes sin conocer el proceso judicial, se embarcaron en su día a su suerte con tal de reducir costes.

¿Es necesario contratar abogado y procurador en el procedimiento monitorio?

Como dirían los gallegos, depende. La Ley de Enjuiciamiento Civil, en algunos casos determinados, no obliga al particular, profesional o empresa a acudir al juicio monitorio sin abogado y sin procurador.

Será en aquellos casos en los que la reclamación de cantidad no supere los 2.000 euros.

Por ejemplo, con una reclamación de cantidad de 2.001 euros, si es obligatorio contratar abogado y procurador.

Cuando tengas que realizar una contestación al procedimiento monitorio, será de aplicación el párrafo anterior.

En algunos Juzgados de Primera Instancia de Madrid, y para aquellas reclamaciones de deudas que no superen los 2.000 euros, se obliga a presentar las demandas, bien a título particular (sin abogado), bien con un poder para el procurador, requiriéndote para subsanar en caso contrario dentro del plazo de 10 días.

abogado monitorio garon

Presentación procedimiento monitorio.

Una vez que hayas preparado una demanda de procedimiento monitorio, tendrás que registrarla. Desde el 1 de enero de 2016 es obligatorio que todo se haga por medio de Lexnet.

La presentación del procedimiento monitorio tiene una cuestión clave y fundamental, y que en ciertas ocasiones ha producido algún que otro quebradero de cabeza.

¿Dónde es la presentación de la demanda?

Aquí no hay lugar a dudas. La presentación de la demanda será única y exclusivamente, en los juzgados que correspondan al domicilio del demandado.

No cabe la posibilidad, que por contrato, fijes otro lugar, ya que la demanda puede ser archivada.

¿Tasas en el procedimiento monitorio?

Si, existen. En el caso anterior hemos indicado que es necesario ir a un juicio monitorio con abogado y procurador cuando las facturas impagadas que se reclaman no superen los 2.000 euros.

En este caso, si eres una pyme, tendrás que abonar una tasa judicial para acudir al procedimiento monitorio, que deberás de liquidar para que pueda ser admitida a trámite la demanda, siempre y cuando superes dicha cantidad. Su coste es fijo y variable, y dependerá del importe de la reclamación de cantidad.

En la oposición al procedimiento monitorio no estás obligado al pago de tasas judiciales.

Notificación procedimiento monitorio (carta certificada juzgado de primera instancia).

En el procedimiento monitorio, te dan traslado de la demanda para que contestes en 20 días, pagues la cantidad reclamada o te opongas a la misma, derivando con ello, la clase de juicio que corresponda.

Un dato importante a tener en cuenta, el plazo que se tiene a los efectos de que puedan prescribir o extinguirse el derecho a reclamar una deuda. Suele entenderse que dicho plazo se da con el transcurso de tres años desde su origen. Ese plazo puede llegar a suspenderse desde que se reclama por cualquier medio.

Es muy importante que la notificación de la demanda pueda ser recibida por el deudor, ya que en caso contrario será una pérdida de tiempo, y se procederá al archivo, pudiendo iniciar otro tipo de actuaciones legales.

Intereses y costas en el procedimiento monitorio.

Tanto para presentar como contestar una demanda de procedimiento monitorio, los abogados pedimos siempre intereses y costas que del procedimiento judicial se pudieren devengar.

Los intereses en el procedimiento monitorio, si no se expresa otra cosa, atenderán al interés legal, y comenzará a computarse desde la presentación de la demanda. Esta cuestión ha sido controvertida, pero ha sido resuelta por multitud de juzgados y tribunales.

Las costas del procedimiento monitorio son los gastos judiciales que han tenido que soportar las partes para acudir al juicio. Lo normal es que se ajusten a las normas de los colegios de abogados del lugar donde se presenta la demanda.

¿Cuándo no será obligatorio pagar intereses y costas en el procedimiento monitorio?

Por deducción a los anteriores apartados, al igual que ocurre con las tasas judiciales, los intereses y costas del procedimiento monitorio se impondrán en aquellos supuestos, en los que la reclamación de cantidad supere los 2.000 euros, y sea necesaria la intervención de abogado y procurador.

Aunque la sentencia del procedimiento monitorio exprese la condena a intereses y costas del juicio, no deberás abonarlas.

Este caso tiene una excepción, y será cuando por sentencia judicial se exprese temeridad y mala fe.

Recomendamos el artículo de nuestro blog, ¿Qué hacer ante un juicio monitorio?

¿Cuándo no será obligatorio pagar intereses y costas en el procedimiento monitorio?

Por deducción a los anteriores apartados, al igual que ocurre con las tasas judiciales, los intereses y costas del procedimiento monitorio se impondrán en aquellos supuestos, en los que la reclamación de cantidad supere los 2.000 euros, y sea necesaria la intervención de abogado y procurador.

Aunque la sentencia del procedimiento monitorio exprese la condena a intereses y costas del juicio, no deberás abonarlas.

Este caso tiene una excepción, y será cuando por sentencia judicial se exprese temeridad y mala fe.

¿Qué pasa si no se pagan las costas judiciales?

Si no pagas las costas judiciales lo que ocurrirá es que el abogado de la parte que ha visto favorecido sus intereses presente una demanda ejecutiva de tasación de costas. Es una opción poco recomendable ya que los gastos irán incrementándose.

Si llegado ese punto no pudieras pagar las costas de un juicio, nuestra recomendación es que intentes contactar con el abogado para intentar llegar a un acuerdo en el que se pudiera contemplar un pago fraccionado, por ejemplo. Siempre será mejor esa solución que el seguir incrementando intereses y costas.

Las costas ejecución por menos de 2.000 euros

Ten en cuenta, que si llegado el extremo en el que te otorgan 20 días para pagar la cantidad a la que has sido condenado o condenada, no procedes a su ingreso en la cuenta del juzgado, aunque la cantidad sea inferior a 2000 euros podrán presentar la demanda ejecutiva y solicitar de provisión un 30% para intereses y costas.

Es importante conocer que, la imposición de costas puede ser efectiva cuando te obliguen a litigar fuera de la comunidad autónoma donde resides.

¿Cuánto cuestan las costas de un juicio?

En Garón Abogados, siempre informamos al cliente de los riesgos económicos que tiene litigar, antes de aventurarnos bien a presentar una demanda, bien para contestar en términos de oposición.

La Ley contempla que las costas no deberán superar un 30% del principal reclamado. Para tomar como referencia las actuaciones que se hayan realizado, se seguirán las disposiciones que estipulan los Colegios de Abogados del lugar donde se esté desarrollando la causa.

Procedimiento monitorio: ¿Qué pasa si no pago?

No resulta un caso nuevo. En la actualidad, bien por falta de recursos económicos, bien por despiste o falta de conocimiento sobre  las consecuencias legales de una sentencia condenatoria a pagar una determinada cantidad, el paso que sigue es iniciar la ejecución de títulos judiciales, en este caso, una sentencia de procedimiento monitorio.

Se averiguarán los bienes de los que eres propietario (dinero en cuentas corrientes, inmuebles, objetos de valor, créditos a tu favor, devolución de impuestos, etc) para proceder al embargo.

Ventajas del procedimiento monitorio.

  • Una de las principales ventajas del procedimiento monitorio es que es un procedimiento judicial que no necesita que tengas amplios conocimientos legales para poder presentar una demanda en un juzgado y reclamar una deuda.
  • Otra de las ventajas es que la reclamación de cantidad que pides ante un juzgado se termine pronto abonando el deudor la cantidad reclamada, tan solo con la notificación de demanda.

Uno de los inconvenientes del procedimiento monitorio es que no es demasiado rápido. Con la introducción a los juzgados de Lexnet se han retrasado mucho los plazos desde que presentas la demanda hasta la fecha del juicio monitorio ( juicio verbal o juicio ordinario).

¿Has recibido una demanda por reclamación de cantidad?

GARÓN ABOGADOS gestiona tus facturas impagadas por reclamación de cantidad en procedimientos monitorios desde Madrid y Barcelona. Puedes realizar tu consulta online sobre proceso monitorio para las condiciones de contratar la gestión de impagados y cobro de deudas sin que realice ningún gasto extraordinario en su empresa, así como la preparación del oportuno contrato de reconocimiento de deuda. También si tienes que contestar a un procedimiento monitorio.

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    Comentarios de los usuarios

    • María Del Mar

      Hola!! En diciembre de 2017 traspase una panadería cafetería me dieron la mitad del traspaso en mano y la otra mitad se acordó hacerlo en mensualidades,esto bajo contrato pero desde la primera mensualidad he tenido problemas para cobrar,es mas!! Solo he cobrado 3 meses…como era un negocio nuevo yo aun no tenia la licencia en mano pero por mi parte no habia problemas pues terminaria d tramitarla y se la entregaría,pero al ver q no me pagaba decidí parar los trámites y le dije q tendría licencia cuando me pagase el último céntimo. El mes pasado me puse en contacto con un abogado y le mandé un burofax ella enseguida llamo al Abogado y le dijo q no me paga porque no le doy la licencia cosa q es mentira pues no paga desde el primer día,el abogado me aconsejo reanudar los trámites y así lo hice pero me piden un CIE y tiene q ir el electricista a mirar la instalación y no los deja pasar lo q quiere decir q a esta señora no le interesa la licencia si no escapar d la deuda…tambien tuve problemas para que cambiasen los suministros de nombre ya q las facturas me venian a mi y tuve q darme d baja para q la pusiera a su nombre,en fin q desde el primer momento esta señora hizo las cosas sabiendo q no me iba a pagar y ahora yo no se q hacer ni por donde empezar…y otra cosa mas es q me he enterado d q se cambia d local y lo va a desvalijar y llevárselo todo,mostrador…barra etc… necesito saber asta q punto puede hacer esto ya q no a terminado d pagar el traspaso? Y lo necesito con urgencia q me digan q puedo hacer y donde dirigirme para poder cobrar antes q desaparezca y deje el local vacio.Muchísimas gracias!! Y perdon por por estenderme tanto en el comentario

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por contactarnos María del Mar.

        Lo primero que necesitamos ver es el contrato de traspaso de negocio y conocer las condiciones, causas de incumplimiento y consecuencias.Entiendo que se entrega una cosa cierta (un negocio) y como contraprestación (precio) que debe de cumplirse en un periodo determinado. Teniendo estos elementos claros ya es cuestión de seguir un proceso de reclamación, con independencia de que cambie de local o no, ya que hay unas personas/sociedad responsable ante cualquier incumplimiento.

        Si lo deseas, contacta con nosotros por privado para facilitar esa información y ver las posibilidades que podemos encontrar.

        Encantado de saludarte,

    • Raul Albert Torregrosa

      He recibido procedo monitorio de reclamación de deudas por 5700 euros de carrefour no puedo pagar si no me presento con abogado y procurador me pasa algo no tengo recursos , ni bienes solo ayuda pero para mayores de 52 añid

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Estimado Raúl;

        Agradecer que nos hayas contactado y lamento la situación personal. Lo que te podemos recomendar es que, dentro del plazo legal, solicites la defensa de abogado por medio de justicia gratuita. A partir de ahí, se podría estudiar la posibilidad de llegar a algún tipo de condonación de deuda o plan de pagos. Para el supuesto de no tener bienes, Carrefour no podrá embargar nada.

        Si tienes alguna duda sobre la tramitación, no dudes en contactarnos. Encantado de saludarte,

    • Florencia

      Buenas Noches he recibido un comprobante de citación de un proceso monitorio. Pero me citan en horario de trabajo y no puedo asistir. Creo que es de una deuda de 3800 euros que no puedo pagar. En mas de una ocasion hable con la prestamista para llegar a un acuerdo de pago y se negaron. Que puedo hacer al respecto.

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por escribir Florencia.

        En este procedimiento monitorio que tiene, ya solo cabe pagar, oponerse o estar conforme (total o parcialmente). Si no se contesta podrán ejecutar la resolución judicial, con lo que ello conlleva. El Juzgado que conoce de su caso, más allá de estos extremos no puede actuar.

        Quedo a su disposición para poder ayudarle. Encantado de saludarle,

    • Lucero S

      buenas tardes,
      compré un coche que tiene 12 meses de garantía de embrague, motor y caja de velocidades. Desde el primer día les informe de un fallo en el embrague pero dijeron que ya lo habían revisado y el coche estaba listo. A los 3 días salí de viaje y el coche empezó a fallar del embrague, al regresar de viaje hablé para la garantía, después de muchas trabas revisaron el coche, me hicieron esperar 3 semanas sin coche, (yo indique que día me iba de viaje)
      me cobraron el arreglo porque no entraba en la garantía pero como me urgía el coche y no terminaron todos los arreglos quedamos en que en un par de semanas lo terminarían de arreglar. Han pasado 2 meses y sigo esperando que quieran terminar el arreglo del coche, dicen que el responsable no estará y llega dentro de 1 mes y claramente no puedo ir a otro taller porque si alguien lo revisa pierdo directamente toda la garantía. ¿puedo presionar de algún modo que terminen de arreglar mi coche? o de no perder la garantía y que alguien más arreglé mi coche, no puedo tenerlo así otro mes, a este paso se me vence la garantía antes de que arreglen mi coche.

    • lina

      Buenos días. Me han demandado con un procedimiento monitorio por 36 euros. Se trata de una empresa de reparaciones de electrodomésticos con la que contacté por teléfono para solicitar presupuesto para que vinieran a ver una lavadora que no funcionaba bien. Me dijeron que me cobrarían 15 euros por la visita y que luego, el técnico me diría lo que costaría el arreglo y ya decidiría yo si me interesaba tal arreglo. Cuando vino el técnico, comprobó la lavadora en menos de diez minutos y me dijo que el problema era el tacómetro y el arreglo costaría 260 euros euros con lo que ambos coincidimos que no merecía la pena. Entonces me hizo el albarán y me dijo que tenía que abonarle casi 60 euros entre mano de obra, desplazamiento y el iva. Le dije que no iba a pagar eso porque eso no fue lo que me dijeron por teléfono. Llamó a la empresa y me pasó a la mujer que supuestamente me dio el presupuesto por teléfono y me dijo que no, que ella no me dijo que solo tenía que pagar los 15 euros. Le dije que lo comprobara en las grabaciones que seguramente debía tener, que podía haberse equivocado y que me volvieran a llamar. Me dijo que si no pagaba me demandarían. El técnico me pidió la firma en el albarán como que solo le pagaba los 15 euros (con el iva fueron 18) y como que él había realizado el trabajo y lo firmé de buena fe. Más tarde, recibí una carta certificada de ellos reclamándome la deuda. Entonces, le escribí a la empresa varios correos electrónicos contando lo sucedido, pero no me contestaron. Y luego me llegó la demanda judicial.
      Sé que es una cantidad muy pequeña y pagarla me evitaría quebraderos de cabeza pero al mismo tiempo me parece una injusticia. Sé que firmé el albarán y quizás se agarren a eso y aunque el recuadro que firmé dice «conforme con trabajo realizado» no sé si eso implica también que hubiera aceptado el presupuesto. Tampoco sé si el juez, en el juicio verbal también se agarrará a eso o quizás pueda entenderme a mí también. Tampoco sé si en caso de que yo perdiera el juicio debería pagar una cantidad elevada. En esto es su palabra contra la mía (fue por teléfono y no hay pruebas. Se ve que no tienen grabaciones o si las tienen no las querrán presentar porque se equivocaron en darme el presupuesto, no sé). Aun así, decidí presentar oposición al monitorio. En él, aparte de dar mis razones, les remito también los correos que mandé a la empresa y que no me contestaron. También les digo que no sé si es pertinente celebrar juicio verbal o no y que tampoco sé si debo pedir testificaciones del técnico y telefonista pero que dejo constancia de ello por si me puede ayudar. Me contestan del juzgado que tengo diez días para pedir juicio verbal ya que no menciono nada al respecto. Debo contestar en esta semana ya.
      Mi duda es si pido juicio verbal, debo pedir también la comparecencia de los testigos? Es pertinente? Lleva gastos eso? ¿Puedo pagar todavía la deuda, o al presentar la oposición ya no? Si pierdo el juicio qué gastos podría tener aparte de la deuda? Había oído que era un 25% del importe de la deuda. Hay más gastos? También había oído que es posible que yo no pueda hablar en el juicio si la otra parte no quiere! es así??
      Espero que puedan orientarme. No sé si lo tengo complicado o no. Gracias

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por escribirnos Lina.

        Aunque sea una cantidad pequeña para reclamar judicialmente, están en su derecho. Quizá sea más el esfuerzo que haya que dedicar en tiempo para conocer los trámites del juicio monitorio que otra cosa. En la oposición, puedes utilizar todos los motivos que indicas. Es más, podrías consignar las cantidades que entiendes que proceden. No hay recargo en estos casos, salvo los intereses de demora, siempre y cuando los hayas solicitado, pero no creo que sean de un 25% porque se podrían considerar intereses abusivos. No obstante, habría que estudiar el caso.

        Espero haberte ayudado y cualquier cuestión, no dudes en contactarnos por privado. Encantado de saludarte,

        • lina

          Ok. muchas gracias Luis Enrique. Ya llegados a este punto, solicitaré el juicio verbal y testigos, que no sé si esto me va a costar un dineral. Desconozco el hecho de si solicitar testigos me puede acarrear algún tipo de gasto, tanto si pierdo como si gano. Gracias. Un saludo

    • Gustavo Adolfo

      Hola, tengo un préstamos con una empresa de ofrecen mini préstamos ,la cuantía es de 2450€ En 12 cuotas pagando un total de 7222€ con un pago mensual de 636€, en los tres primeras cuotas pague Con intereses por retraso 1667,86€,el problema viene xq no puede hacerme cargo de más pagos, llegamos a un acuerdo de pago de 8 cuotas para el pago de 2236€ para dejar pagado todo el préstamo y hago una cuota de 283€ , ahora me presionan para que pague y me amenazan con llevarme a juicio monitorio si no pago, que puedo hacer?? Quieren que pague 4600€ por un préstamos de 2450€ y ya he pagado 1950€

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por contactarnos Gustavo.

        En aquellos casos donde la deuda, y especialmente por los intereses, supere notoriamente (como al parecer pudiera ser tu asunto), es que posible que esté aplicándose algún tipo de cláusula contraria a los derechos de los consumidores y usuarios. En ese sentido, te pediría que nos hicieses llegar el contrato y resto de condicionantes para poder ver el caso.
        Quedamos pendientes de tus noticias. Encantado de saludarte,

    • Luis

      Buenos días, me ha llegado un proceso monitorio de una deuda de una tarjeta citibank de un importe de unos 3900 euros y no voy a poder pagar por estar cobrando un subsidio de 430,me pueden embargar,? Qué debo hacer si me citan? Tengo que solicitar abogado de oficio? Gracias de antemano

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por contactarnos Luis.

        En el plazo de tres días podrías solicitar abogado de oficio. Es una posibilidad. Ten en cuenta que por esa cantidad hay que ir con abogado y procurador para oponerte al monitorio. A efectos prácticos, si llegase una resolución desfavorable con posterior ejecución de embargos, percibiendo este subsidio, no te lo podrán embargar.

        Espero haberte ayudado. Un saludo,

        • Jorge

          Hola me hicieron un juicio monitorio de 1800 euros ya hace años no e podido pagarlo asta que me an enbargado 1234 euros de la decraracion de la renta devere unos 570 euros mi pregunta es me cobran luego aparte los intereses de los 1800 euros que me recrama el jurgado

          • Luis Enrique de Garón Abogados

            Gracias por escribirnos Jorge. Si ya tenemos sentencia puede que hayan aplicado intereses y costas (especialmente si hay embargo). Habría que analizar tu asunto por si cabe la posibilidad de negociar con los abogados contrarios para conseguir un plan de pagos o condonación. Te escribirnos por privado para tener acceso a la sentencia y ejecución. Encantado de saludarte,

      • Lucia

        Buenas tardes voy a recibir un juicio monitorio en breve, de una deuda de 9,000 euros es una deuda de hace años, pues tenía una empresa de construcción con mi ex y no pudimos afrontarla por problemas económicos y de trabajo, yo ahora mismo le e explicado que trabajo y cobro un sueldo mínimo interprofesional aparte tengo dos menores a cargo y es imposible llegar a final de mes pues tampoco recibo pensión por hijos, me han dicho que me van a llevar a juicio y no tengo ni casa ni bienes a mi nombre, no se que posibilidades tendría frente a ello,

        • Luis Enrique de Garón Abogados

          Gracias por contactarnos para poder ayudarte Lucía.

          Si te parece bien, cuando llegue la demanda monitorio nos la haces llegar para que analicemos todas estas circunstancias y vemos la viabilidad del caso en todas sus vertientes. Sin tener un plazo determinado para contestar una demanda, y más en estos tiempos, en mi opinión es un sufrimiento innecesario. Quedaré atento a tus comentarios.

          Encantado de saludarte y ánimo,

    • Pedro

      Hola,

      Quería hacerles esta consulta. Fui víctima de una estafa a través de Wallapop al comprar un producto. Llegué a un acuerdo con el vendedor por la compra de un producto por valor de 50€. El pago lo realicé a través de Paypal (opción de envío de dinero a Familiares y amigos) por petición del vendedor. Él me tenía que enviar el producto por correo ordinario, cosa que nunca hizo.

      Recuperé mi dinero gracias al banco, pero ahora la deuda la tengo con Paypal, porque el vendedor tiene el dinero que Paypal le había adelantado.

      Le he explicado el caso de la estafa a Paypal, pero insisten en que ellos no le pueden pedir el dinero al estafador porque se lo envié yo por «Familiares y amigos».

      Han pasado 5 meses y desde entonces Team4, una agencia de cobro en nombre de Paypal, me manda email, mensajes y llamadas constantes con amenazas de juicio, deudas que se incrementan con el tiempo, etc.

      Mis preguntas son:
      – ¿Podrían llevarme a juicio por una deuda de 50€?
      – ¿Tendría que pagar yo el coste de ese juicio? ¿Cuál sería el coste?

      Agregar a la consulta que tengo una denuncia interpuesta en la policía contra el vendedor. Y que si finalmente consigo recuperar el dinero que Paypal le pagó al vendedor, automáticamente se lo devolvería a Paypal.

      Muchas gracias de antemano.

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por contactarnos Pedro.

        Antes de nada, deberíamos de analizar el caso con detalle, pero acerca de la pregunta de si te pueden llevar a juicio por 50 euros, la respuesta es que, por poder se podría, otra cuestión sería que fuera rentable(tiempo y recursos). En cuanto a las reclamaciones de cantidad que no superen 2000 euros no es necesario tener que contratar abogado ni procurar. Ese medio de prueba del que dispone es muy importante de cara a un procedimiento judicial.

        Si se iniciase por Paypal algún tipo de proceso judicial, quedamos atentos a tus comentarios. Encantado de saludarte,

    • Jesús

      Hola contrate una tarjeta Ikea family masterd card. Dispuse de 6044 euros. He estado pagando hasta 5909 euros. Un día llame a Santander Consumer Finance y me dijeron que aún me faltaban 23 cuotas a 150 euros mes, lo que sumaba aún 3600 euros por pagar. Me queje del elevado coste financiero al 23´52 % anual y me dijeron que es lo que había firmado. Les dije que era abusivo pero no sirvió de nada. Entonces yo deje de pagar. Pasados 6 años una empresa segunda ha comprado la deuda y estoy dentro del plazo de los 20 días de pago o escrito de oposición. La empresa (dice) solo me reclama el nominal impagado sin intereses.
      El escrito de oposición lo tengo preparado pero aún no lo he entregado, en el alego que ese nominal es a resultas de un contrato con clausula abusiva por lo que manifiesto que es erróneo y calculado como consecuencia de esa clausula abusiva.
      Mi pregunta es, si este detalle lo puede apreciar el juez y ordenar un nominal deudor con arreglo a un tipo de interés acorde a las fechas de firma de contrato prestatario

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por contactarnos Jesús,

        hay muchos casos que sobre las cláusulas abusivas de este tipo de tarjetas entra de oficio el Juzgado que conoce de tu asunto. Si tras estudiar el caso, consideras que puedes estar en presencia de una de ellas, has hecho bien en oponerte en esos términos. Tendríamos que analizar la demanda y tu oposición para ver si se puede entrar sobre más causas, por lo que nos ponemos en contacto contigo para tener más información.

        Encantado de saludarte,

    • Francisco

      Buenas tardes . Contrate un abogado para denunciar al banco por clausulas abusivas de mi hipoteca . Estos me dijeron que con la provisión de fondos recurrían hasta el supremo y pagaban las costas si perdíamos y ganando o perdiendo me devolvían la provisión de fondos . Hemos perdido en la audiencia provincial y ahora se retractan y me dicen que para presentar recurso de casación me tengo que comprometer yo a pagar las costas en caso de perder en el supremo . He dicho que no puedo asumir ese coste y que como hemos han cambiado las condiciones del contrato me devuelvan la provisión de fondos a lo cual se niegan . Puedo presentar un procedimiento monitorio contra ellos ?? Gracias

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por contactarnos Francisco.
        No podemos dar ningún tipo de valoración sin conocer los términos del acuerdo. Para ello será necesario ver la hoja de encargo. Nos ponemos en contacto para pedirle esta información/documentación y poder ayudarle. Encantado de saludarle,

    • Zai

      Hola, tenia una deuda con bankia de 1662€ esta deuda la ha comprado Hoist finance. Mi duda es si sabéis cuanto tardan en mandarte el monitorio más o menos desde que te avisan que lo lleva hoist. Por otra parte yo no tengo ingresos ni nada sólo un coche que es de más valor que la deuda lógicamente. Mi pregunta es podrían embargar el coche aunque tenga más valor por esa deuda?

    • Jose María Gómez

      Hola, Con fecha 01-03-2022, he recogido del juzgado de mi municipio un procedimiento Monitorio por una cantidad impagado de un prestamo bancario concedido a la empresa donde yo soy socio y apoderado.
      La empresa entró en concurso de acreedores y el Administrador concursal fué nombrado el 14-11-2014.
      Con fecha 13-12-2012, se formalizó un prestamo afianzado por uno de mis socios y yo mismo, Este credito se dejo de pagar con fecha 10-08-2014,
      Creo que a mi socio (Administrador único de la empresa), sí le han llegado reclamacines sobre esta deuda, pero a mi nunca me llegó aviso alguno.
      Mi pregunta es, ¿no prescriben las deudas al no tener notificación de la misma?

      Gracias

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por escribirnos José María. Son detalles que son necesarios el estudio de documentación. Nos ponemos en contacto por privado para solicitar documentación del juicio monitorio. Estamos en contacto,

    • jordi

      La empresa Ahorreluz Servicios Online S.L. me reclama 273,37€ pués no les aboné en su momento tal cantidad pués, a mi modo de ver, la cantidad era desproporcionada para un solo mes des del inicio del contrato de luz y gas en contra de lo que me habían prometido ( mejora de precios sustancial ) Qué puedo/debo hacer ante tal acoso?

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por contactarnos Jordi. Necesitaríamos ver la documentación contractual y precontractual de las condiciones. No podemos hablar de precio desproporcionado sin saber lo contratado. Nos ponemos en contacto por privado. Encantado de saludarte,

    • Jordi Jorcano

      Tengo un Juicio Monitorio del Banco Santander el cual me reclama el pago de una deuda de 26.186,78 a pagar en 20 días desde la entrega del documento.
      Desearía saber si a través de ustedes sería posible llegar a un pacto donde me comprometo a pagar cada mes la cantidad de 100 euros, dado que es lo máximo que puedo pagar al tener que pagar otros préstamos, alquiler y demás gastos.
      Desearía me asesoraran e indicaran posibles formas de llegar a un acuerdo.
      Gracias
      Jordi Jorcano

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Gracias por escribirnos Jordi. No podemos prometer antes de empezar nuestra defensa que podemos tener un resultado favorable. Esto depende de los abogados del Banco Santander. No obstante, nos ponemos en contacto contigo por privado para tener más detalles del asunto y poder asesorarte. Seguimos en contacto,

    • Tibisay Moreno De León

      Soy un adulto mayor de 77 años de edad con serios y graves problemas de salud y sus derivadas limitaciones, quien no puede trabajar no recibe pensión, ni tiene ingresos fijos; dependiendo en gran medida, para la supervivencia, de las ayudas sociales de los gobiernos locales y de las instituciones sociales y religiosas, que atienden estas situaciones; ayudas mediante las cuales hago grandes esfuerzos para pagar mensualmente los 25 euros correspondientes a mi compromiso de contribuir con los gastos comunes del edificio donde habito y soy copropietaria. Pero es el caso que desde Junio del 2022, la representante de la empresa Administradora Externa de nuestra Finca, impuso una cuota adicional, extra, fija y obligada, como «derrama extraordinaria», de 25,00 euros mensuales adicionales; los cuales yo no estoy en capacidad de asumir ni de costear, imposibilidad esta de adquirir dicho compromiso financiero adicional, de mi parte, que yo he notificado en múltiples oportunidades, tanto verbalmente como por escrito, a la administradora, pero que sin embargo esta persona me los ha ido cargando acumulativamente como deuda acumulada, durante los últimos diez (10) meses, y lo que es peor aún, manifestando publicamente en una reunión comunitaria, que me demandará por impagos una instancia de proceso monitorio

      • Antonia Salmerón

        Buenas tardes Tibisay,

        gracias por escribirnos. Hemos procedido a contactar contigo por privado para conocer detenidamente tu asunto con el abogado especializado.

        Quedo atenta a tus noticias, un saludo.

    • Tibisay Moreno De León

      Soy un adulto mayor de 77 años de edad con serios y graves problemas de salud y sus derivadas limitaciones, quien no puede trabajar no recibe pensión, ni tiene ingresos fijos; dependiendo en gran medida, para la supervivencia, de las ayudas sociales de los gobiernos locales y de las instituciones sociales y religiosas, que atienden estas situaciones; ayudas mediante las cuales hago grandes esfuerzos para pagar mensualmente los 25 euros correspondientes a mi compromiso de contribuir con los gastos comunes del edificio donde habito y soy copropietaria. Pero es el caso que desde Junio del 2022, la representante de la empresa Administradora Externa de nuestra Finca, impuso una cuota adicional, extra, fija y obligada, como «derrama extraordinaria», de 25,00 euros mensuales adicionales; los cuales yo no estoy en capacidad de asumir ni de costear, imposibilidad esta de adquirir dicho compromiso financiero adicional, de mi parte, que yo he notificado en múltiples oportunidades, tanto verbalmente como por escrito, a la administradora, pero que sin embargo esta persona me los ha ido cargando acumulativamente como deuda acumulada, durante los últimos diez (10) meses, y lo que es peor aún, manifestando publicamente en una reunión comunitaria, que me demandará por impagos una instancia de proceso monitorio
      Que bebo hacer para solucionar este pronlema?
      Quedando a la espera de sus recomendaciones, y dándole las gracias por su atención,
      Atte:
      Tibisay Moreno De León

    • Francisco Javier Rodríguez Flores

      Buenas tardes, fui avalista de 24.000 € para que mi hijo pudiera montar empresa. Al cabo de dos años tuve que hacer frente al pago del aval. En la declaración de la renta lo metí como perdida patrimonial y Hacienda me exige que demuestre que puse un proceso monitorio a mi hijo y que no cobré la deuda por insolvencia. Mi pregunta es: ¿tengo que denunciar a un hijo? no hay otra vía para estos casos (vívulo familiar entre padre-hijo) que se pueda demostrar la insolvencia de mi hijo?- Saludos. Fco. Javier

      • Antonia Salmerón

        Buenas tardes Francisco Javier,
        procedo a contactar contigo para conocer tu asunto con el abogado especializado en tu asunto fiscal.
        Un saludo,

    • Matilde

      Tengo un monitorio con Dispon de 525 yo pedí 150€ y an pasado 4 meses de la deuda de 150€ además yo puse una reclamación extrajudicial por intereses abusivos a esta entidad y no quisiero aportar ningún documento ni llegar a un acuerdo que debo hacer

      • Antonia Salmerón

        Buenas tardes Matilde,
        entiendo tu situación por ese motivo voy a contactar contigo por privado, ya que quiero asegurarme de brindarte la mejor solución posible con el abogado especialista en derecho civil.

        Un saludo.

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