El precontrato de arrendamiento como forma de reserva de alquiler de piso o local

Civil

Encontrar un piso en alquiler que se adapte a lo que buscas ya es una tarea difícil, si a eso le sumamos todo el papeleo que implica hacer la reserva, el precontrato, la señal, etc., la cosa se complica aún más y es posible que este arículo sobre derecho civil te sirva de mucho.

En esta entrada del blog, comentamos una serie de puntos que no debes pasar por alto si es que estás pensando en alquilar una vivienda.

Previa firma de un contrato de arrendamiento, se tienen que realizar una serie de gestiones que seguramente te resulten familiares: precontrato, reserva, señal o arras. Documentos que forman parte de esa fase previa a la firma de un contrato de alquiler. Lo importante es que tengas todos estos aspectos en cuenta para saber qué firmas y bajo qué condiciones.

¿En qué consiste un precontrato de arrendamiento de vivienda o locales?

Ponte en situación, has encontrado la casa perfecta. Ahora, el propietario procede a gestionar lo que conocemos como un precontrato de arrendamiento o alquiler, del cual se hace uso cuando aún no se puede formalizar la entrega de la vivienda.

Este documento previo al contrato final, contempla una serie de cuestiones relativas a la reserva del inmueble por parte del interesado, así como las consecuencias que se derivarían en caso de que finalmente no se realizara la firma del contrato de alquiler.

Por otro lado, junto con la firma del precontrato, se suele solicitar la entrega de una cifra económica para proceder a la reserva, que puede perderse en caso de cancelación, si era un aspecto plasmado en el documento.

Principalmente, un precontrato de alquiler supone garantías tanto para una parte como para la otra: para el arrendatario porque se reconoce la reserva de la vivienda para su alquiler y para el propietario, que se asegura el arrendamiento del inmueble.

En esta firma previa, las partes se comprometen a la celebración del contrato de alquiler, una vez concluya el plazo de reserva estipulado.

Por ejemplo, si la gestión del piso es de una inmobiliaria, te pedirán documentación económica que acredite situación laboral e ingresos, además de la correspondiente señal, que en muchas ocasiones, serán los honorarios de la inmobiliaria para proceder al resto de gestiones para el alquiler del piso

¿Qué datos debe incluir un precontrato de alquiler?

Esto puede variar, pero esencialmente debe incluir:

  • Los datos personales de ambas partes, así como la fecha y lugar.
  • El plazo que se haya fijado de reserva de la vivienda.
  • Los pactos básicos del arrendamiento.
  • Posibles consecuencias de incumplimiento del contrato.

La reserva de una vivienda mediante el precontrato de alquiler

La firma de un precontrato de alquiler, como veíamos en el punto anterior, lleva implícita la reserva del inmueble. Esta será la fijada y convenida por ambas partes, teniendo en cuenta el plazo, las condiciones, cuantía económica a aportar o consecuencias de su incumplimiento.

El precontrato de arrendamiento también puede ser conocido como la reserva de un inmueble, que por otro lado, es uno de los puntos que más dudas y conflictos pueden generar en la fase previa a la firma de un contrato de arrendamiento. Esto es principalmente porque hay dinero de por medio y porque en más de una ocasión se incumple lo pactado y se debe hacer frente a las consecuencias correspondientes.

Como futuro inquilino de una vivienda, antes de proceder a la reserva, tienes que conocer los aspectos que se van a contemplar:

  • La cuantía económica a aportar a modo de reserva.
  • El plazo fijado de duración de la reserva.
  • Las consecuencias en caso de incumplimiento por alguna de las dos partes.
  • Y los aspectos que hayan acordado arrendador y arrendatario de cara a la firma del futuro contrato de alquiler.

Las consecuencias de cancelación de una reserva pueden variar en función de cada caso. El precontrato puede ser incumplido por cualquiera de las dos partes, pero las posibles penalizaciones que se deriven, así como la devolución del dinero aportado, variará en función de lo estipulado en dicho documento. Por eso es muy importante que tengas en cuenta lo que se incluye y lo que estas firmando, de cara a ahorrar problemas y conflictos.

Si tienes dudas sobre alguno de estos aspectos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Nos aseguraremos de que sabes lo que estas firmando para evitarte posibles problemas futuros.

Video - El precontrato de arrendamiento como forma de reserva de alquiler de piso o local

El contrato de arras en un alquiler

Ya lo comentábamos hace un tiempo en el blog, los contratos de arras son muy comunes a la hora de alquilar una vivienda. Suponen mayores garantías y se caracterizan por la entrega de pagos parciales o por la fijación de condiciones tanto económicas como penales en caso de incumplimiento.

Lo que caracteriza a este tipo de contratos es que, además de que supone un compromiso entre arrendador y arrendatario de transmisión de la vivienda, este documento se eleva a escritura pública.

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Modelos de recibos (recibí) para el contrato de reserva de alquiler

Un recibo es un documento que acredita la existencia de un pago. Como inquilino o posible inquilino de una vivienda, el tema de los recibos es algo que no debes tomarte a la ligera, pues son el seguimiento y prueba más evidente de los pagos que hayas realizado.

A la hora de firmar un precontrato de alquiler, reservar un piso o firmar un contrato de arras, la entrega de dinero es algo compartido, por tanto tener un documento que pruebe la entrega de cuantías es de vital importancia.

Por ley, el propietario de una vivienda debe entregar al arrendatario todos los recibos de los diferentes pagos que efectúe: reserva, fianza, renta, etc. Dicho documento debe incluir los datos personales, las cifras exactas aportadas, firma, entre otras cuestiones.

En Internet, puedes encontrar múltiples modelos de recibos en función del tipo de pago, que pueden resultarte de utilidad para conocer qué debe incluir.

Confiamos que tengas una idea aproximada de este asunto, y para cualquier aclaración, no dudes en contactarnos. Estaremos encantados de poder atenderte en:

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    Comentarios de los usuarios

    • Emilia

      Estoy en un piso de alquiler
      Aun no he firmado el contrato pero tengo el precontrato
      En el contrato no aparece lo que convenimos y aparecen otras cosas de las que no hablamos
      Le pague el mes en curso
      Que debo hacer para no perder la fianza y que no me eche del piso

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Buenas Emilia,

        antes de nada, agradecer que nos hayas contactado para exponer tu caso.

        En mi opinión, el precontrato debe de recoger todos los acuerdos previos que van a detallarse en el contrato, es decir, podría ser el mismo documento pero llamarlo PRECONTRATO. Imagino que tendrás comunicaciones con la parte arrendadora donde acordasteis los términos. Tendríamos que ver el documento para ver la cláusula penal interpuesta, por lo que quedamos a tu disposición para estudiar el caso.

        Encantado de saludarte,

    • mila

      Que porcentaje de penalización sobre el monto recibido se debe colocar n el contrato n caso de incumplimiento?

      • Luis Enrique de Garón Abogados

        Buenas Mila,

        gracias por escribirnos.

        Al final las cláusulas penales quedan sujetas al acuerdo y voluntad de las partes. No hay límites, aunque siempre se estará al perjuicio económico que se pueda producir.

        Un saludo!

    • Rosalía

      Buenas tardes:

      Procedí a realizar la reserva de un piso en alquiler, pero tras varias irregularidades, he decidido no alquilar el piso. Mi documento de reserva no tiene fecha de caducidad, ¿podría recuperar todo mi dinero? ¿Qué debo hacer para ello?

    • Ana

      Hola muy buenas. Vimos un local y para hacernos un estudio de viabilidad nos pidieron un precontrato. Nos lo mando el abogado por mail, sin fechas, ni firmas. Pero con todo tipo de detalles de dinero, fianza,aval.Nif de propietarios..etc. hemos hecho todas las gestiones…y a 3 dias de firmar el contrato nos han llamado k tienen a otra persona para alquilar el negocio. Eso se puede hacer? A parte de ser inmoral no se si sera legal. Pk teniamos acuerdos verbales y el precontrato. Este ultimo si firmar pk nadie nos lo exigio. Muchas gracias espero respuesta. Un saludo y muchas gracias!@

      • Fyd

        un precontrato de alquiler a groso modo debe contener esto.

        Los datos personales de ambas partes, así como la fecha y lugar.

        El plazo que se haya fijado de reserva y la cantidad de la reserva

        Los pactos básicos del arrendamiento.

        Posibles consecuencias de incumplimiento del contrato.

        Un precontrato de esta índole es entre particulares, y efectivamente debe ir firmado por ambas partes, como prueba de conformidad entre ambas.
        Los contratos verbales tiene validez, el problema es demostrarlos.

        Los precontratos de alquiler no solo dan garantías a los arrendadores, también a vosotros. Si no se hadado una se ha firmado un precontrato por ambas partes no tiene validez.

        Si no ha habido una señal de reserva es muy difícil demostrar que ha habido un acuerdo verbal y las condiciones de este.

        Aparte, si fuera el caso habría que remitirse a los apartados de duración de precontrato y consecuencias de incumplimiento. Si estas no existen, aunque se demostrara incumplimiento de contrato, al ser privado y no existir estas condiciones dudo mucho que hubiera repercusiones.

    • Diego

      Buenas tardes,

      Quería aprovechar este espacio habilitado por ustedes para preguntar una duda. Quisiera alquilar un piso en Madrid cuya dueña dice que no puede enseñar hasta el día 20 de este mes porque no está en Madrid hasta esa fecha. Me propone que puedo hacer una reserva, para lo cual debería primero de todo hacerle una transferencia de la fianza, y cuando reciba la transferencia, me haría llegar el precontrato de alquiler.
      ¿Debería fiarme ya que ella no está en Madrid, y recibiría el dinero sin estar yo delante y sin recibir de manera inmediata el precontrato? Saludos y gracias

    • Luis

      Buenas tardes
      Junto a nuestra casa principal pero separado tenemos un anexo que hace la función de casa de invitados. Tiene 2 habitaciones un saloncito una pequeña cocina y un baño con ducha.
      Ahora una familia extranjera amigos nuestros van a trasladarse a vivir en España y hemos decidido que ellos adecuen y amplien a su gusto las dependencias y paguen las obras, para ocuparla gratuitamente durante un máximo de 2 años, con la condición de que al finalizar el plazo nos compren toda la propiedad reservándonos el usufructo durante 15 años.
      Hicimos una consulta en una notaria para documentar adecuadamente la situación, pero nos dijeron que teníamos que consultar un abogado.
      Por favor denme su opinión sobre la cuestión.
      Muchas gracias
      Saludos

    • Luis

      Hola, el jueves de la semana pasada contacté con un anuncio de internet por el alquiler de una vivienda, tras concertar una cita con el casero en persona acordamos en ingresarle una cantidad en concepto de reserva SIN firmar ningún tipo de contrato de reserva ni de alquiler ya que la casa aún está ocupada hasta el 4 de agosto. El dinero se le ingresa el viernes y el martes siguiente (4 días después) en mi trabajo me comentan ( mi coordinador) que la empresa no se presenta al concurso ( licitación con el cabildo) que está ejerciendo por lo cual es posible que cuando entre la nueva empresa nos despidan a todos por diferencias en el convenio colectivo. Acto seguido se lo comunico así al casero y le explicó que como no se que va a pasar con mi futuro profesional prefiero no coger el alquiler y le pido por favor que me devuelva la reserva. El de primeras se niega alegando que no tiene por qué aunque después de eso me dice que si me la va a devolver, cosa que tras esperar desde el miércoles aun no la ha devuelto. Mi pregunta es, ¿si No firmen con él ningún tipo de contrato de reserva ni de alquiler perdería el mi derecho a que me devuelvan mi reserva? Gracias

    • JOSÉ ANTONIO JOVER

      Como presidente del Real Tenis Club de Cádiz, tengo que formalizar un contrato de subarriendo a empresa de hostelería que pretende alquilar nuestro local de bar/cafetería sito en el mismo club. Este contrato se creará y firmará de aquí a un mes pero mientras tanto necesitan acceder al mismo para realizar obras de reforma y decoración, por lo tanto necesitan se les entreguen las llaves, se requiere en este caso que se redacte y firme un precontrato o contrato de entrega de llaves hasta el contrato definitivo? Existe algún modelo específico?
      Gracias por su atención.
      José Antonio Jover

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