CASI TODO LO QUE TIENES QUE SABER DE MULTAS DE TRÁFICO.

Administrativo, General

CASI TODO LO QUE TIENES QUE SABER DE MULTAS DE TRÁFICO.

Introduciendo lo que tienes que saber de multas de tráfico y como respuesta a los datos de accidentalidad obtenidos hasta diciembre de 2015, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha aumentado la vigilancia en 5 de las provincias en las que más ha crecido la accidentalidad en las carreteras.

Las actuaciones llevadas a cabo han sido de ámbito provincial y de implantación rápida. Algunas de las medidas empleadas ha sido la intensificación de la vigilancia sobre límites de velocidad y conductas arriesgadas, realización de controles de drogas y alcoholemia y de la documentación del vehículo y del conductor

Estas actuaciones de control, inevitablemente tienen como resultado la sanción en caso de tener lugar un mal procedimiento por parte del conductor y la aplicación de multas de tráfico.

A menudo, el desconocimiento nos lleva a pagar multas de tráfico injustificadas o recurribles o simplemente queremos asegurarnos de que la multa de tráfico se ha aplicado adecuadamente. Dado el poco conocimiento sobre algunos temas relacionados con las multas de tráfico, existen una serie de preguntas frecuentes que todos nos hacemos y nuestros abogados especialistas en derecho administrativo intentarán responder algunas.

CASI TODO SOBRE MULTAS DE TRÁFICO.

¿Son todas las multas de tráfico iguales?

No, existen muchos tipos de multas de tráfico según el tipo de infracción que se cometa (de aparcamiento, por alcoholemia, por conducir sin seguro, sin casco o sin carnet... entre otras).

Todos los tipos de multas de tráfico puede ser clasificados como leve, sancionados con hasta 100 €, grave, sancionados con 200 € o muy graves, sancionados con hasta 500 €.

Además de una sanción económica, las infracciones pueden suponer la pérdida de puntos del carné de conducir y, en función de la gravedad pueden llegar a considerarse un delito penal con posibles penas de cárcel.

¿Todas las multas de tráfico quitan puntos?

No, solo algunas de las multas de tráfico implican la pérdida de puntos a parte de la sanción económica. Por ejemplo en el caso de multas de tráfico por velocidad, solo se pierden puntos cuando se rebasa en un número de km/h la velocidad establecida.

El Real Decreto Legislativo nº 339/1990, del 2 de marzo de 2015 recoge y regula las normas de circulación, las infracciones y las sanciones que se aplican. Normalmente las sanciones son de 3, 4 o 6 puntos del total de 15 que recibimos al obtener el permiso de conducir.

Si lo desea, puede consultar las sanciones de puntos aplicables en la página Web del CNAE .

RECURRIR MULTA TRAFICO
¿Qué trámite tengo que seguir para recurrir las multas de tráfico?

Cabe destacar, que el mero hecho de recurrir una multa de tráfico hace que perdamos el derecho al 50 % de reducción por pronto pago.

La DGT ofrece la posibilidad de presentar alegaciones y recursos de las multas de tráfico recibidas. Para hacerlo en línea es necesario disponer de un certificado digital o un DNI electrónico activado para tal fin.

En caso contrario habrá que dirigirse en persona.

El plazo para aportar alegaciones o pruebas es de 20 días naturales desde la notificación de la misma. El plazo para presentar un recurso de reposición es de un mes.

Podemos ayudarte

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¿Cómo puedo saber si me han sancionado con alguna multa de tráfico?

Si no está seguro de haber sido sancionado con una multa de tráfico y no ha recibido una notificación, puede consultarlo usted mismo.

Desde noviembre de 2010 la DGT estableció un servicio denominado TESTRA (Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico) que sustituye a la publicación del BOE.

Esta aplicación está disponible en la página Web de la DGT y podemos realizar una consulta mediante nuestro DNI. Sin embargo, este servicio solo publica los edictos de los Organismos Emisores que se han dado de alta en el sistema; aquellos que hayan decidido no hacerlo seguirán usando el método tradicional. Es decir, el hecho que no aparezcamos como multados aquí no significa que no tengamos una sanción aplicada.

La DGT también ha creado la DEV (Dirección Electrónica Vial) mediante el alta en este servicio es posible recibir sus multas por correo electrónico y SMS.

Este SERVICIO es GRATIS, y puede darse de alta y de baja o modificar sus datos cuando lo desee; solo necesita un certificado digital.

¿Cuándo pagar las multas de tráfico?

Desde GARÓN ABOGADOS te recomendamos que siempre aceptes las comunicaciones de multas de tráfico que recibas por correo postal.

A partir de la notificación, se dispone de un plazo de 20 días naturales para llevar a cabo un recurso o pagar la sanción con una reducción del 50 %.

Si has cambiado de domicilio, no olvides comunicar el cambio de domicilio ante el Ayuntamiento o Jefatura de Tráfico, para evitar sorpresas y el desconocimiento ante posibles notificaciones de multas de tráfico.

¿Cómo se pueden pagar las multas de tráfico?

Se pueden abonar desde:
• La propia página Web de la Dirección General de Tráfico DGT.
• Por teléfono.
• Con tarjeta de crédito o débito.
• En cualquier sucursal del Banco Santander o a una oficina de Correos.

En el papel de la sanción aparece indicado el procedimiento para pagar la multa de tráfico.

¿Qué puedo hacer si no he recurrido ni pagado una multa de tráfico y recibo un embargo?

Si recibe una carta de embargo y este se ha podido hacer efectivo (es decir, en el momento en el que se lo aplicaron usted tenía fondos en el banco suficientes) no es necesario que realice más pasos.

Si comprueba en el banco que no le han sustraído la cantidad de su cuenta o recibe otra carta de embargo, puede ponerse en contacto con la unidad competente (el teléfono aparece indicado en la carta de embargo) y solicitar que le vuelvan a enviar la sanción a casa para abonarla usted mismo.

En caso contrario, seguirá recibiendo notificaciones de embargo hasta que la sanción haya sido satisfecha.

Mostramos la última resolución favorable de un contencioso administrativo el pasado 21 de marzo de 2022.

sentencia favorable contencioso administrativo

Si tengo un coche a mi nombre, ¿soy el responsable de todas las multas de tráfico?

El principio general indica que el responsable de una infracción (y por lo tanto el responsable de la multa de tráfico) es el autor de la misma. Sin embargo, en aquellos casos en los que la multa no se aplique y entregue personalmente (de mano de un responsable de la autoridad), si el titular del vehículo no es el mismo que el responsable de la infracción el primero es sobre el que recae la sanción siempre que no se demuestre lo contrario.

Casos ya establecidos en los que ya se indica el responsable de la infracción:
• Los titulares tienen la obligación de cumplir con las inspecciones técnicas.
• También serán responsables de las infracciones de estacionamiento salvo si el vehículo tiene designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable.

Sin embargo, el conductor siempre será el responsable de no llevar las placas perfectamente legibles y de facilitar su documentación y la del vehículo si se le solicita.

Como titular de un vehículo, puede recibir un requerimiento para identificar un conductor.

Puede llevar a cabo dicha identificación por Internet dentro del plazo marcado y siempre y cuando el conductor resida en territorio Español y disponga de carnet de conducir.

La Ley de Seguridad Vial establece una infracción muy grave (sin posible deducción del 50 %) el incumplimiento de la identificación de un conductor y el importe de las multas de tráfico correspondientes se incrementarán en función del tipo de infracción: si es leve se duplica, si es grave o muy grave se triplica.

Tienes multas de tráfico…¿y buscas abogados para poder recurrirlas?

Contacte con nuestros abogados en Madrid y Barcelona especialistas en recurrir multas de tráfico.  Atendemos notificaciones de cualquier punto de la geografía por medio de nuestra área de clientes, cumpliendo con los plazos y presentando alegaciones y recursos motivados en normas jurídicas. Consulta la posibilidad de contratar nuestros servicios para atender los requerimientos.

¿Recurrimos juntos?

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Comentarios de los usuarios

  • jose

    Hola, me acaban de sumar dos puntos más en fecha 28/07/2017 por no haber cometido infracciones en 3 años (12+2), pero resulta que tengo una multa en proceso de expediente con fecha anterior a esta suma, que conlleva la pérdida de 2 puntos…
    Mi pregunta es:
    ¿ una vez que se resuelva el expediente de la multa en curso, y siendo anterior a la suma de los dos por buen conductor, pierdo los dos que me sumaron y los dos de la multa, o sólo los dos de la multa ?
    Espero haberme explicado bien, muchas gracias y quedo a la espera de alguna respuesta.
    Un saludo.

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