Actualizado el 27 noviembre, 2024 | 0 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
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Si vas a recibir una donación de padres a hijos, una de las preguntas frecuentes que más recibimos es acerca de si hay que ir al notario para hacer una donación de dinero.
Nuestros abogados especialistas en donaciones te dirán que solo será obligatorio ir a una notaria para hacer una donación de dinero cuando fiscalmente te acojas a las bonificaciones, y así lo disponga la normativa estatal o autonómica aplicable.
El Código Civil no obliga a ir a un notario para hacer una donación. La normativa autonómica, si.
Aplicando lo dispuesto por la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, una donación de dinero es la adquisición de este bien, por el beneficiario, conocido como donatario, y por el que tendrá que declarar ante Hacienda por haber recibido una cantidad económica.
Algunos de los requisitos legales para una donación son:
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Para hacer una donación de dinero será necesario ir al notario, cuando por normativa autonómica se establezca el derecho del donatario a tener reducción o bonificación sobre la cuota tributaria.
Es decir, para que puedas aplicarte estas mejoras fiscales se requiere escritura pública.
De esta manera, se evita la economía sumergida, se evita en gran medida el blanqueo de capitales, y se obtiene más información por parte de Hacienda para controlar cuentas bancarias.
Fuera de los casos establecidos, no será necesario acudir a una notaria.
El asesoramiento legal es fundamental ya que no todas las notarias están familiarizadas con las donaciones internacionales. Por este motivo, será interesante que despachos de abogados y notarias coordinen el borrador de la escritura de donación, a medida según las necesidades de los clientes.
En aquellos casos que no se donen bienes inmuebles, no será necesario inscribir la validación del documento al Registro de la Propiedad. La validación se hace mediante la presentación de la declaración del modelo 651.
Resolver cuestiones como la anterior o qué impuestos son los que hay que pagar por una donación, requieren asesoramiento legal.
Por los casos gestionados en el bufete, podemos decir que aproximadamente los costes del notario pueden oscilar entre los 400€ y 700€. Las tarifas y honorarios notariales dependen del número de hojas y otros criterios sujetos a arancel.
Recuerda que la aplicación de estas bonificaciones implicará que sean para personas comprendidas en los grupos de parentesco I y II.
En la Comunidad de Madrid hay importantes bonificaciones, que pueden llegar al 100% para los primeros 250.000€ de cuota que sean destinados para adquirir la vivienda habitual.
En Cataluña, se aplicará un 5%, un 7%, o un 11% sobre la cantidad recibida.
En Andalucía tendrás un 99%.
Etc.
El proceso para hacer una donación de dinero partirá de ofrecer un buen asesoramiento legal al donatario para que se pueda coger a la mejor opción fiscalmente hablando.
Se preparará toda la documentación necesaria, entre ella, la correspondiente a la identificación fiscal, cuentas bancarias, transferencia, etc.
Se prepararán los borradores con la notaria. Dicha escritura estará preparada y revisada por nuestros abogados especialistas en donaciones, y además, estarás acompañado/a por nosotros en el momento de la firma de la escritura.
Dependiendo del bien que recibas por donación, es posible que no tengas que realizar inscripción en el Registro de la Propiedad.
Por ejemplo, solo inscribirás en el Registro de la Propiedad si recibes un piso.
Saber cuanto cuesta una donación, si es posible anular una donación y la obligatoriedad de tener que ir a una notaria para recibir dinero, son algunas de las cuestiones que se suelen plantear en reuniones.
Hay casos en los que se puede anular una donación, como por ejemplo, que en la propia escritura de notario figure alguna condición.
Las que hemos podido ver son aquellas que tienen que ver con el sustento y cuidado de la persona que hizo la donación.
También en casos de donación inoficiosa cuando se haya donado en vida más de lo que corresponde por derecho de legitima.
Una donación de dinero no hay que inscribirla en el Registro de la Propiedad.
En el Registro de la Propiedad solo se inscribe la nueva titularidad de un bien inmueble, por lo tanto, con la declaración del modelo 651, ya no habría que hacer nada más.
Una donación de dinero tiene validez sin registrarse, ya que el Código Civil no establece que sea obligatorio para aceptar una donación.
El problema viene cuando por normativa se establece que el derecho a reducción o bonificación exige que haya que ir a una notaria. Si no cumplimos ese requisito, no hay bonificación.
Lo que sale a pagar por una donación es prácticamente insignificante.
Realmente lo que puede suponer una mayor inversión es la preparación de todo el trabajo, para que solo tengas que preocuparte de firmar, y no rellenar las casillas del impuesto de manera aleatoria.
Lo habitual, es que los gastos notariales en una donación los abone la persona que se ha visto beneficiada, es decir, el donatario.
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