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Saber cómo tributan las donaciones de dinero de padres a hijos en España, tanto para residentes como para aquellos en el extranjero, es una de las cuestiones clave que debes considerar antes de realizar cualquier transferencia bancaria o firmar un documento notarial. Además, es importante conocer que existen donaciones a hijos con incidencia en la declaración de la renta.
En esta ocasión, nuestros abogados fiscalistas y especialistas en donaciones te explicarán cómo afectan las donaciones a la declaración de la renta, el concepto de ganancia y pérdida patrimonial, así como los requisitos formales y materiales, cuánto se paga y dónde, el proceso paso a paso, y todo lo necesario para que en 2025 estés al corriente de tus obligaciones con Hacienda
Antes de realizar una transferencia de dinero a un hijo, es importante cumplir con los requisitos y trámites legales. Esto se debe a que, en los casos más comunes, como las donaciones de dinero, las cantidades pueden ser retenidas hasta que se justifique su origen. Todo ello está orientado a garantizar el cumplimiento de las normativas contra el blanqueo de capitales.
Si se trata de una donación de una vivienda, este problema de plazos no se presenta, más allá de la necesidad de realizar la operación dentro de los 30 días estipulados por la Ley 1/2010, de 21 de octubre, sobre medidas de cesión de tributos por el Estado a la Comunidad de Madrid.
Para realizar una donación de dinero a un hijo, es necesario contar con la documentación adecuada. Esto incluye la identificación fiscal de ambas partes, los poderes de representación, la escritura pública y la liquidación de impuestos correspondientes.
Si la donación implica dinero, una vivienda, participaciones sociales u otros bienes, es obligatorio acudir a un notario para hacer una donación de dinero.
En este caso, acudir al notario es obligatorio si se quiere beneficiar de las ventajas fiscales establecidas por la normativa.
Una cuestión relevante sobre la tributación de las donaciones de dinero de padres a hijos es si una donación sin registrar tiene validez. Las donaciones sujetas a reducciones y/o bonificaciones deben ser elevadas a escritura pública. En otros casos, como una donación entre hermanos sin bonificación, no sería necesario registrarla, aunque sí liquidar los impuestos correspondientes.
Antes de hacer la transferencia de dinero a un hijo, te recomendamos que previamente cumplas con los requisitos y trámites legales. El motivo no es otro, que en casos más comunes, como las donaciones de dinero, puedan resultar retenidas esas cantidades hasta que se justifique su origen. Todo ello obedece, al cumplimiento de evitar blanqueo de capitales.
Si fuera una donación de vivienda no nos encontramos ese problema de los plazos, más allá de realizar la operación dentro de los 30 días que dicta la Ley 1/2010 de 21 de octubre, sobre medidas de cesión de tributos por el Estado a la Comunidad de Madrid.
La documentación necesaria para hacer una donación de dinero a un hijo, pasa por una adecuada identificación fiscal de cada una de la partes, los poderes de representación, escritura publica y liquidación de impuestos.
Para hacer una donación de dinero a un hijo, para donar una vivienda, participaciones sociales, etc, hay que ir a un notario para que otorgue escritura pública.
En este caso sí es obligatorio, si queremos beneficiarnos de la norma.
Esta es una cuestión interesante en la manera de saber cómo tributan las donaciones de dinero de padres a hijos es, si una donación sin registrar tiene validez. Las donaciones sujetas a reducción y/o bonificación te van a llevar a elevar a público esa operación. Otro supuesto, por ejemplo, una donación entre hermanos en las que no haya bonificación. En ese caso, no sería necesario registrar, pero si liquidar.
¿Planificamos fiscalmente la donación en vida?
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Las donaciones de dinero de padres a hijos están sujetas a tributación y no están exentas de impuestos.
Esto significa que es obligatorio cumplir con las obligaciones fiscales, declarar la donación y liquidar el modelo 651. Además, es importante conocer las particularidades fiscales en cada comunidad autónoma. Por ejemplo, el impuesto de donaciones en Madrid cuenta con importantes bonificaciones para familiares directos.
Para evitar que los bancos rechacen la transferencia de la donación, es fundamental tener todos los trámites preparados con antelación, dejando únicamente pendiente la firma en notaría. A continuación, te explicamos algunos casos en los que nuestros clientes han tenido problemas por alterar el orden de los procesos.
Realizar una donación tiene tanto ventajas como desventajas, tanto para el donante como para el donatario. A continuación, te detallamos algunos de los principales aspectos a considerar.
Donaciones específicas de padres a hijos
Existen diferentes tipos de donaciones de padres a hijos, siendo las más comunes aquellas destinadas a la compra de una vivienda u otros usos específicos que también pueden estar bonificados fiscalmente.
A continuación, explicamos cómo tributan las donaciones de padres a hijos según su finalidad:
Donar dinero a un hijo para comprar una vivienda
La donación para la compra de una vivienda habitual es uno de los casos más habituales. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, el plazo para la adquisición de la vivienda tras recibir la donación es de un año. En cambio, en Barcelona, si se tiene derecho a una reducción fiscal, el plazo para formalizar la adjudicación es de tres meses.
En cualquier caso, es imprescindible cumplir con los requisitos y obligaciones formales, como la escritura pública y la presentación de la documentación en tiempo y forma.
Donación en efectivo de padre a hijo
La donación de dinero en efectivo de un padre a un hijo puede presentar ciertos desafíos administrativos. Si se formaliza ante notario, uno de los documentos necesarios es el justificante de la transferencia. La normativa exige justificar tanto el origen como el destino del dinero.
Sin embargo, es importante destacar que la donación de dinero recibida por el donatario no debe declararse en el IRPF. En el caso de donaciones de inmuebles, hay casos en los que se pueden aplicar exenciones, como la donación de la vivienda habitual por parte de mayores de 65 años, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Otra finalidad común de las donaciones es la compra de un vehículo. Aunque la normativa no exige que se justifique expresamente el destino del dinero (en este caso, la compra de un coche), igualmente es posible aplicar las bonificaciones fiscales correspondientes, siempre que se cumplan los requisitos legales establecidos.
¿Cómo afecta a la renta hacer una donación?
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La declaración de las donaciones de padres a hijos se confecciona por medio del modelo 651. Este es el modelo oficial para cualquier tipo de donación, entre residentes y no residentes.
Tenemos el plazo de treinta días para formalizar todo, y ya terminadas actuaciones ante notario, presentar ante Hacienda la liquidación y el justificante de pago a Hacienda(si fuera el caso).
Cuestiones como el coste del notario para formalizar una donación, los impuestos que deben pagarse a Hacienda o si una donación puede estar exenta de tributación son dudas habituales que nuestros abogados especializados reciben con frecuencia.
A continuación, resolvemos algunas de las preguntas más comunes sobre el tema.
El importe a pagar por el impuesto de donaciones varía según la comunidad autónoma. Por ejemplo, en Cataluña, una donación de 100.000 euros de padres a hijos tendría un coste aproximado de 5.000 euros en impuestos.
Las donaciones pueden afectar la herencia futura, ya que no se puede donar más de lo que se posee ni perjudicar los derechos de otros herederos.
Muchas personas consultan a nuestros abogados sobre las diferencias entre herencia y donación y cuál es la mejor opción. La clave está en hacer una planificación adecuada conforme a la legislación vigente. Organizar el patrimonio en vida ayuda a clarificar el futuro, independientemente de la necesidad de hacer testamento.
Cualquier cantidad donada a un hijo está sujeta a tributación. Sin embargo, algunas comunidades autónomas ofrecen bonificaciones que pueden reducir o incluso eliminar el impuesto a pagar.
Es importante destacar que la Ley no establece una cantidad mínima exenta de tributación. Además, no declarar una donación ante Hacienda puede conllevar sanciones económicas considerables.
El coste de formalizar una donación ante notario depende de múltiples factores, incluyendo el valor de la donación y la comunidad autónoma. Además, los honorarios notariales están regulados por aranceles oficiales.
Por nuestra experiencia, el coste del notario para formalizar una donación suele oscilar entre 375 y 700 euros, aproximadamente.
Según la normativa fiscal vigente, si tus padres te donan 10.000 euros, deberás declararlo como donación y tributar en consecuencia, salvo que la comunidad autónoma donde residas aplique bonificaciones específicas.
Nos ocupamos de todos los trámites de la donación con Hacienda
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No todas las donaciones tienen impacto en la declaración de la renta. De hecho, salvo la donación de dinero de padres a hijos, el resto puede generar la obligación de tributar.
Si este fuera el caso, la declaración de la renta 2024 (a presentar en 2025) podrá realizarse desde principios de abril hasta finales de junio del año correspondiente. Es importante tener en cuenta que se gravará cualquier tipo de ganancia o pérdida patrimonial generada en 2024.
Ahora bien, ¿quién está obligado a hacer la declaración de la renta? Salvo excepciones contempladas en la Ley del IRPF, el responsable de declarar la donación será el donante.
En el caso de donaciones de viviendas, la tributación en el IRPF dependerá de la ganancia patrimonial obtenida con dicha donación.
El concepto de vivienda habitual está recogido en la disposición adicional vigésima tercera de la LIRPF y, en su desarrollo, en el artículo 41 bis del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, estableciendo lo siguiente:
Se considera vivienda habitual del contribuyente aquella edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
El mismo artículo contempla ciertas excepciones por las cuales se seguirá considerando vivienda habitual, tales como:
Cuando el objeto de la donación sea una vivienda o propiedad habitual y el donante tenga más de 65 años, la donación estará exenta de tributar por ganancia patrimonial.
Es decir, en esta situación, la posible ganancia patrimonial derivada de la donación se considerará inexistente a efectos fiscales.
Este caso también es relevante en relación con lo anterior. Supongamos que un padre y/o madre desean donar a sus hijos las participaciones sociales que poseen en una empresa. Si los donantes tienen 65 años o más, la Ley del IRPF establece lo siguiente:
En el caso de transmisiones lucrativas de empresas o participaciones, a las que se refiere el apartado 6 del artículo 20 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se considerará que no existe ganancia patrimonial.
Es importante señalar que la ganancia patrimonial será inexistente, independientemente de que el donatario aplique las reducciones o bonificaciones establecidas por las distintas normativas autonómicas.
El usufructo permite a una persona utilizar y disfrutar de los bienes de otra, con la obligación de conservarlos y mantenerlos en buen estado.
Supongamos que unos padres desean donar la nuda propiedad de un bien inmueble, reservándose el usufructo.
La tributación del usufructo en el IRPF dependerá de la situación específica:
La donación de la nuda propiedad de una vivienda generará en los donantes una ganancia o pérdida patrimonial, al producirse una alteración en la composición de su patrimonio.
En términos generales:
Sin embargo, si los padres cumplen con los requisitos del artículo 33 de la LIRPF (ser mayores de 65 años y que la vivienda haya sido su residencia habitual), no existirá ganancia patrimonial sujeta a tributación.
A lo largo del artículo, hemos analizado distintos supuestos en los que una donación puede o no afectar a la declaración de la renta.
A continuación, te ofrecemos una serie de pautas útiles para calcular la ganancia patrimonial en una donación, en caso de que sea aplicable.
La ganancia patrimonial se produce cuando el valor del inmueble donado ha aumentado respecto al valor de adquisición. Si no existe ganancia patrimonial, no será necesario pagar más en el IRPF.
El cálculo de la ganancia patrimonial se realiza mediante la siguiente fórmula:
Ganancia patrimonial = Valor de transmisión – Valor de adquisición
Siempre que concurran los requisitos establecidos en el artículo 33 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, será necesario tributar por la ganancia patrimonial generada.
Esto se aplica en casos de donación de bienes como viviendas o acciones, pero no en donaciones de dinero, que están exentas de esta tributación.
El importe que el donante debe tributar en una donación depende de la ganancia patrimonial obtenida. Sin embargo, este tributo se calcula aplicando una escala progresiva con tipos impositivos del 19% al 23% sobre la cuantía resultante.
Si tuviéramos que presentar la declaración de la renta 2024 en el año 2025, los tramos impositivos aplicables serían:
El mejor consejo que puede ofrecerte cualquier asesor fiscal es planificar adecuadamente la donación para minimizar la carga impositiva.
Una correcta planificación puede ayudarte a reducir o incluso eliminar la ganancia patrimonial, evitando así una mayor tributación en el IRPF.
Además, es importante conocer los límites fiscales en las donaciones. Por ejemplo, existen ciertos importes que pueden donarse sin necesidad de ser declarados. Para más detalles, revisa nuestro artículo sobre cuánto dinero se puede donar a un hijo sin declarar.
El donante en una donación es la persona obligada a declarar y tributar en el IRPF, independientemente de si existe ganancia patrimonial o no.
Sin embargo, el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido como plusvalía municipal) solo se aplicará cuando haya un incremento en el valor del suelo urbano.
La forma de calcular la plusvalía municipal ha cambiado tras la sentencia del Tribunal Constitucional. Actualmente, existen dos métodos de valoración:
Para conocer cuál es la mejor opción en cada caso, se recomienda una planificación fiscal que permita optimizar el pago de impuestos. Puedes encontrar más información en este artículo sobre el cálculo de la plusvalía.
En términos generales, esta es la información más relevante sobre la tributación en donaciones. No obstante, cada caso tiene sus particularidades, por lo que se recomienda consultar con un especialista para obtener asesoramiento personalizado.
Si tienes dudas, no dudes en contactar con nuestros abogados.
29 enero, 2025 | 37 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
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Comentarios de los usuarios
manuel villalba garcia
TENGO 78 AÑOS Y ESTOY TRAMITANDO EL DONAR MI SEGUNDA VIVIENDA A MI HIJO EN ANDALUCIA , SE TODOS LOS GASTOS QUE TENGO QUE PAGAR A NOTARIA , GESTOR, ETC, ETC. MI PREGUNTA ES, QUE NO SE CUANTO TENDRE QUE PAGAR A HACIENDA EL PROXIMO AÑO?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Manuel.
Nos ponemos en contacto por privado para hacerte una planificación fiscal de la donación para que tengas la información lo más completa posible. Seguimos en contacto. Saludos,
María Jesús Núñez
Buenas tardes.
Vivimos en Madrid y nos gustaría concertar una cita con ustedes para comentar un tema un poco complejo sobre la donación de un 50% de un piso. Propietarios a ese 50%dos hermanos mayores de 65 años y propiedad pagada integramente por quien va a recibir la donación.
Antonia Salmerón
Buenas María Jesús,
en relación a tu asunto fiscal, hemos contactado contigo mediante via email, para proceder a resolver tu cuestión jurídica. Espero pronto noticias. Encantada de saludarte.
Eva
Buenas noches
Necesito saber que cuesta con respecto al irpf la donación de una vivienda, de padre a hijo.
No es la vivienda habitual.
Gracias
Antonia Salmerón
Buenos dias Eva,
gracias por escribirnos, proceso a contactar por privado para recibir asesoramiento por parte del abogado especializado en asuntos fiscales.
Un saludo,
Ángela García
Hola,
Mi madre me ha donado una vivienda, yo no vivo en ella, ¿Cómo me afectará? Muchas gracias.
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Angela. Necesitamos tener información de la donante para ver cómo afectará a su renta el haber hecho una donación de vivienda. Entiendo que lo habéis hecho por escritura publica. Nos ponemos en contacto por privado para resolver todas las dudas. Encantado de saludarte,
Julian
Mi madre tiene 90 años, y me deja en testamento 50% de piso valorado en unos 150.000 euros. nos planteamos que es mas beneficioso para los dos, si hacerme una donación en vida o esperar a heredar.
Ella reside en Cuenca y yo en Madrid donde esta ubicado el piso.
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Julián. Tanto para heredar como para hacer una donación de piso es necesario hacer lo que se conoce como planificación fiscal, ya que ambas opciones tienen efectos diferentes, ya que la competencia para hacer una herencia o donación con los datos facilitados difiere. Nos ponemos en contacto por privado para poder asesorarte. Encantado de saludarte,
Francisco
Somos matrimonio mayores de 65 años en régimen gananciales y le hemos vendido una vivienda no habitual a nuestra hija en escritura de compra-venta con donación ,todo en la misma escritura.
El inmueble está valorado en esta escritura en 75.000 €.Sin embargo le hemos donado a nuestra hija 25.000 €, y ella nos ha pagado 50.000 € mediante transferencia según consta en dicha escritura.
El Impuesto de Sucesiones-Donaciones ha quedado pagado dentro de su plazo de 30 días.
¿Cómo tributa esta operación en nuestra declaración?.-Gracias.
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por contactarnos Francisco. Nos ponemos en contacto por privado porque aquí si que pueden haber ganancias patrimoniales que habría que llevar al impuesto de la renta (IRPF). Hay que tener en cuenta que por un lado está el impuesto de donaciones, transmisiones patrimoniales, plusvalia municipal y luego está el IRPF si no se cumplen los requisitos del artículo 33 y ss de la LIRPF. Nos ponemos en contacto por privado para tener acceso a la documentación del caso. Encantado de saludarte,
francisco
Done a mi hija 13000 euros para la compra de un piso. Lo hicimos ante notario. Mi pregunta es se puede desgravar en la declaracion de hacienda?.
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribir Francisco, si podrás deducir los gastos que han sido inherentes a la donación de dinero. Encantado de saludarte,
Gabriele
Tengo 66 años y hago una donacion de mi plan de ahorro por partes iguales a mi hija y a mi esposo que pagan por ello el impuesto de donacion. Que impuesto tengo que pagar yo como donante, cuanto por ciento de la cantidad donada, solo lo que incrementó el plan o toda la cantidad donada y cuando? Solo tengo que hacer la declaración de la renta? Gracias
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Gabriele. Necesitamos tener más información sobre ese plan de ahorro ya que en principio si afecta al impuesto sobre la renta (IRPF) y puede dar lugar a la práctica de retenciones. Nos ponemos en contacto por privado para poder ayudarle con la donación. Un saludo,
luis javier longobardo
Hola tengo 64 años y me jubile a los 63. .Soy de Cuenca y mi hija esta también aqui empadronada. Actualmente estudia en Valencia y estoy pensando en adquirir un piso allí.. mi duda es si donarle los 150.000 eur en efectivo y hacer la compra a su nombre o hacerlo directamente a mi nombre. Que sería más ventajoso. fiscalmente. Gracias
Antonia Salmerón
Buenos dias, Luis Javier.
gracias por contactar con nosotros para tratar tu asunto. Nos ponemos en contacto contigo con brevedad.
Un saludo
Lucia
Heredé una vivienda con mis 2 hermanos y al ser minusvalída con un 84% de discapacidad quiero optar a las ayudas de alquiler de la junta de Castilla y León y no puedo por tener esa parte de la vivienda y estar inscrito en el registro de la propiedad. He decidido donar mi parte a mis hermanos y me preocupa lo que tengo que pagar de irpf. Me podrían informar a cuanto ascendería el coste de donar mi parte de la casa?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Lucia. Si vas a donar la vivienda es importante que sepas que puede existir ganancia patrimonial que hay que incluir en el IRPF. No podemos calcular el IRPF ante la falta de datos. Nos ponemos en contacto por privado. Saludos,
Claudia
Buenas Tardes, Termino mis estudios universitarios este mes y siempre he recibido dinero de mi padre a travez de una transferencia internacional. Sin embargo este monto (alrededor de 3000euros) me seguirá llegando todos los meses para cubrir mis gastos en España. Debería de hacer algún tipo de declaración?
Gracias!
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Claudia. Esas transferencias internacionales se consideran donaciones y habría que liquidarlas. Nos ponemos en contacto por privado para ayudarte en los trámites. Un saludo,
Tamara
Hola quiero hacer una donación del 50% a mi madre de una vivienda que está a nombre de mi hermano y mío eso me perjudica a mi en la renta
gema
buenos dias.
mi suegra le hizo una donacion de una casa a mi marido la cual el luego aporto a gananciales.
tb su abuela (78 años)le dono un piso en madrid que luego ha vendido queria saber si esto va a tener efectos negativos a la hora de la declaracion de la renta
gracias
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Gema. ¿Todo está inscrito en el Registro de la Propiedad? Nos ponemos en contacto para tener información más precisa de toda la operación. Saludos,
Margarita Ollero
Buenas tardes. Estoy haciendo la declaración de la renta. Soy beneficiaria de la ayuda para mayores de años . He recibido una donación de mi hija en septiembre de 2022 de 5.000€. En el SEPE me dijeron que tenía que declararlo, aunque por importe total creo que no tengo obligación de presentar declaración , pero no encuentro dentro de la misma dónde puedo hacerlo. Les agradecería su ayuda
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Margarita.
Nos vamos a poner en contacto por privado para tener más detalles de tu asunto.Seguimos en contacto. Encantado de saludarte,
María
Mi exmarido no puede pagar la hipoteca y la tengo que pagar yo. A condición de que haga una donación a nuestra hija de la mitad de la vivienda. A cuánto asciende el impuesto de donación por un importe de 50.000 euros en Catalunya?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos María. Entiendo del texto que quieres hacer una donación del 50% de la vivienda o una donación de dinero. A efectos fiscales son diferentes, aunque haya que rellenar el modelo 651. Nos ponemos en contacto por privado para poder ayudarte. Seguimos en contacto. Saludos,
Maria Alejandre
Yo he donado una vivienda en la sierra (en la que no es mi.vivienda habitual)a mis hijos Quien debe tributar por ella en la declaración de la renta? Tengo 83 años
Antonia Salmerón
Buenas María,
gracias por escribirnos. Hemos contactado contigo por privado.
Un saludo.
JUAN MANUEL FREIRE PAÑOS
He donado la vivienda habitual a mi hija, soy mayor de 65 años, se supone que la ganancia patrimonial esta exenta de IRPF, pero no encuentro la forma de hacerlo figurar en mi declaracion de renta sin que me imputen dicha ganancia, y como consecuencia tenga que pagar el impuesto.
¿pueden indicarme como hacerlo?
Muchas gracias y saludos.
Antonia Salmerón
Buenos dias Juan Manuel,
procedo a contactar contigo por privado para agilizar una asesoría con el abogado especializado en asuntos fiscales.
Un saludo,
Juan Aravaca
Tengo 77 años y quiero donar a un hijo una finca rústica en Andalucía. Quiero saber la repercusión económica que puede tener en el IRPF. La finca fue heredada hace 40 años y en la escritura aparece con un valor muy bajo. Actualmente y a efectos fiscales tiene un valor muy alto. Como calcular lo que tengo que pagar?
Antonia Salmerón
Buenos días Juan,
en relación a tu asunto fiscales acabo de contactar contigo mediante vía email, para proceder a resolver tu cuestión jurídica con el abogado especializado. Espero pronto noticias. Encantada de saludarte.
Luis De Juan Simón
Buenos días. Mi esposa quiere donar a nuestro hijo 65.000€ que va a recibir por la venta de la vivienda de su madre ya fallecida. Ese dinero será para ayudarle a pagar una vivienda que se va a construir y que será la vivienda habitual de él. Estamos en Aragón y el Impuesto de Donaciones está bonificado y estará exento de pagar por esa cantidad, creo. La declaración del Impuesto de Donaciones veo que hay una plataforma en Aragón y puedes hacerlo por ahí. directamente. Respecto a la tributación del IRPF en la siguiente declaración de renta, ¿quien debe declarar ese dinero, el donante o el donatario? y en caso afirmativo ¿a que porcentaje está sujeto?. Muchas gracias.
Antonia Salmerón
Gracias por contactarnos Luis. Te escribimos por privado para asesorarte sobre los trámites fiscales de dicha donación a la mayor brevedad posible. Un saludo,
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