Actualizado el 27 noviembre, 2024 | 93 comentarios | Por Luis Enrique García Martínez
Índice de contenidos
No abrir el adecuado expediente disciplinario al trabajador, prescindiendo de hacer entrega de las correspondientes cartas de amonestación laboral, para proceder inmediatamente a su despido, puede ocasionar que el despido pueda ser calificado como improcedente o nulo.
Introducido este extremo, aprovechan nuestros abogados laborales para mencionar algunos pasos que la empresa debe de tener en cuenta antes de practicar un despido disciplinario a un trabajador.
Podemos definirla como la comunicación formal al trabajador cuando ha incumplido con obligaciones concretas de su puesto de trabajo de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
Ese determinado tipo de actuaciones, que tienen como finalidad corregir un comportamiento inidóneo para un correcto funcionamiento de la empresa o evitar alteraciones públicas , tienen como consecuencia la imposición de determinadas sanciones laborales, que suelen estar graduadas por convenio.
Es importante indicar que la carta de advertencia no es igual a la carta de sanción o amonestación, ya que dichas consecuencias deben de venir establecidas. De igual modo, se tendrá que hacer entrega de copia, sellada y firmada por la empresa al trabajador.
Soluciones eficaces en clave legal
Para los que quieren que su asunto sea analizado de manera personalizada y encontrar diferentes escenarios para resolverlo.
En el supuesto de que se produzca un despido disciplinario será obligatorio, salvo casos graves y debidamente acreditados, que se inicie el correspondiente expediente disciplinario, y se justifiquen los motivos del porqué de su sanción o despido.
La notificación del procedimiento sancionador de amonestación tendrá que ser por escrito, y en el que se ha de incluir:
• Fecha y hechos.
• La persona que acusa recibo o firma como que está enterado de la comunicación.
A efectos probatorios, siempre que se abra un expediente disciplinario al trabajador, se tiene que tener documentada cualquier actuación de la empresa, por lo que dicha amonestación sea por escrito.
Es muy importante que si vas a amonestar al trabajador, se detallen los siguientes aspectos:
• Legislación y convenio aplicable al caso.
• Hechos que motivan la sanción o advertencia.
• Consecuencias.
Otra forma de conocer los riesgos y la opción más beneficiosa
Selecciona el día y la hora que tengas disponibilidad y ten una consulta con nuestros abogados para resolver tu problema legal.
No existe una estructura ad hoc para cada caso, pero a modo de ejemplo, incorporamos al artículo un modelo de carta de amonestación al trabajador, en el cual, puede señalarse la sanción impuesta, como por ejemplo en éste caso, por falta grave:
La empresa podrá sancionar aquellos incumplimientos laborales en los que incurran los trabajadores, pero estas sanciones tendrán unos límites que vendrán delimitados por convenio colectivo, tanto su graduación como el procedimiento.
Si has recibido una carta de amonestación laboral, dichas sanciones podrán ser revisables por la autoridad laboral, interponiendo la correspondiente papeleta de conciliación laboral previa a la demanda ante el SMAC.
De este modo, toda falta cometida por un trabajador se calificará como leve, grave o muy grave, atendiendo a su transcendencia y circunstancias, entre otros.
Se podrá amonestar al trabajador con carácter leve cuando se produzca error o demora en la ejecución de un trabajo; la impuntualidad y faltas al trabajo injustificadas, el abandono del puesto de trabajo injustificado, discusiones con otros trabajadores en el centro, y hasta el aseo.
Así como las faltas injustificadas al trabajo durante unos límites marcados normalmente por convenio, podemos destacar otras como el incumplimiento de las ordenes de la empresa, mantener discusiones con compañeros que transcienda el orden público, permanecer en el trabajo bajo los efectos del alcohol y/o drogas, etc.
La reincidencia en faltas leves también podrá considerarse como falta grave.
Además de las consideradas como falta grave y su reincidencia, aquí podríamos indicar algunas otras circunstancias como por ejemplo: robo, hurto, fingir unas enfermedad o accidente para no asistir, acoso laboral, violar el secreto de los documentos, la disminución continuada en el rendimiento del trabajo, etc.
La medida de suspensión de empleo y sueldo es una de las más graves y que necesariamente se ha de producir mediante el correspondiente expediente disciplinario al trabajador.
Dependiendo del alcance de la gravedad de los hechos, el trabajador podrá recibir una carta de amonestación que puede ir de los dos días hasta los sesenta, con la posibilidad de instar el correspondiente despido disciplinario.
Es importante tener en cuenta, que en algunos convenios se establece que puede dar lugar a la sanción laboral todo comportamiento o conducta que falte al respeto a la intimidad y dignidad de la mujer o el hombre mediante ofensa física o verbal, y que será un agravante si expone se prevalece de posición jerárquica.
Podemos ayudarte
Consulta con nosotros hoy mismo tu duda legal. Garantizamos una respuesta en pocos minutos y podrás estar más tranquilo/a.
Contacta ahora.
Fundador de Garón Abogados, firma especializada en derecho mercantil, fiscal tributario y deportivo, con más de 10 años de experiencia. Apasionado procesalista y negociador, enfocado en brindar confianza, cercanía y soluciones personalizadas.
C/ José María Serna, 5 local
Madrid, 28001 (Madrid)
info@garonabogados.es
666555444
Lunes a Viernes: 09:00 a 14:00 - 16:00 a 19:00
Comentarios de los usuarios
Sidy moctar diagne diop
Hola buenas tardes quisiera saber si es legal hacer una amonestación escrita a un trabajador sin haberlo hecho una advertencia o una amonestación verbal primero?? Estoy muy preocupado porque la empresa donde trabajo me han echo firmar una amonestación escrita por primera vez durante 6 años años que llevo trabajando allí por haber dicho a mi jefe que no me puedo quedar a hacer horas estas! Y desde entonces mi jefe me está provocando todos los días y estoy con un estrés enorme y preocupado
Luis Enrique de Garón Abogados
Buenas Sidy,
gracias por escribirnos.
Nadie puede ser obligado a firmar y reconocer algo que no está de acuerdo. Procedemos a contactar contigo por privado.
Un saludo!
Paula
Hola buenas tardes, nose si seguiréis utilizando esta página pero esque hoy me han puesto una amonestación en el trabajo y la he firmado porque me e puesto nerviosa pero yo no estaba de acuerdo con lo que me han puesto, directamente se lo ha inventado. Donde puedo informarme sobre este tema? Que tengo que hacer?
Luis Enrique de Garón Abogados
Estimada Paula,
gracias por escribir. Si ha firmado conforme a la amonestación significa que reconoce los hechos. La única posibilidad es indicar que no está conforme con los hechos y acudir a impugnar la amonestación en el plazo de 20 días desde su comunicación.
Cualquier cuestión, no dude en contactarnos. Un cordial saludo,
Leonardo
Se puede enviar carta de amonestacion por no cumplimiento de metas de venta? Se puede despedir si es reiterativo ( no llegar a las metas de ventas asignadas por el empleador)
Luis Enrique de Garón Abogados
Estimado Leonardo,
gracias por escribirnos. En mi opinión, me parecería una vía demasiado restrictiva que facilmente podría suplirse con un despido por causas objetivas, pero no disciplinario.
Espero haberte ayudado. Un saludo,
Patricia
Hola buenas noches, como se yo por que me pueden poner amonestaciones o por que no?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por contactarnos Patricia.
Cualquier sanción o amonestación debe de ser informada al trabajador, por escrito o de manera verbal.
Espero haberte ayudado. Un cordial saludo,
Patricia saa
Buenas tardes. Quisiera saber con cuántas cartas de amonestación lo pueden despedir ala persona. Ya me pusieron una. Pero no estoy de acuerdo con la primera y ahora me quieren colocar otra. Por que me estaba la vando el pelo me siento que me están buscando para sacarme sin uno. Y me. Deben todas mis impresiones. Por favor. Necesito. Orientación que debo hacer por su atención muchas gracias
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Patricia.
Habría que acudir al convenio para analizar esas faltas y su consideración. Todas aquellas con las que no estés de acuerdo, podrás impugnarlas ante la jurisdicción social.En el caso de tener una resolución favorable, no computarán.
Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,
Catalina
Cuántas cartas te pueden dar para despedirte del trabajo
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribir Catalina.
Depende de los hechos. Habría que acudir al convenio colectivo de tu sector.Hay casos que, con una sola, sería suficiente. Otros hechos que según el procedimiento sancionador del convenio sería necesario hacerlo en varias amonestaciones para que el despido sea procedente.
Encantado de saludarte,
Marialex
Notifiqué mi embarazo a mi jefe (de manera verbal) pues estaba haciendo el trabajo de 3 personas yo sola. A los 5 días me despidieron alegando despido disciplinario, pero nunca me dieron ninguna sanción por escrito. Tenía contrato indefinido y un año y 2 meses en la empresa.
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Marialex. Podríamos estar en el caso de que tu despido, sea un despido nulo. Nos ponemos en contacto contigo para tener más información ya que tienes el plazo de 20 días para presentar papeleta de conciliación y demanda. Encantado de saludarte,
Ana laura
Hola me van a poner una amonestacion laboral porque dicen que un cliente vino a dar una queja de mi , en ese momento yo no wstaba trabajndo sino que era mi dia libre situacion en la cual yo no pude ver al cliente ni a que se referia es decir dijo que le habia contestado que comprara pan en otro supeemeecado situacion que no es real y que ademas no puedo justificar por lo que el cliente dio una descripcion de la persona y las pesonas acargo en ese momento dieron como conclucion que habia sido yo ya que este cliente nisiquiera sabia bien en que momento ws decir que dia habia pasado wsa situacion la pregunta es yo debo firmar esa amonestacion o puedo poner que ko estoy conforme y que consecuencias laboralmente me trarria?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Laura.
Si la empresa te entregase una carta de amonestación podrías impugnarla ante los tribunales. Quedaría sin efecto en caso de resolución favorable.
Un saludo,
yessica
hola buen dia quisiera saber si precede una m
amonestación por falta de respeto hacias sus compañero de trabajo y al momento de llamarle la atencion en privado incumplio nuevamentr al falta el respeto a su jefa directa
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por contactarnos Yessica.
Si, entiendo que faltar el respeto a los compañeros/as es causa para amonestar. Habría que acudir al convenio colectivo del sector para el que trabaja para analizar el procedimiento sancionador. Encantado de saludarle,
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por contactarnos Yessica.
Si, entiendo que faltar el respeto a los compañeros/as es causa para amonestar. Habría que acudir al convenio colectivo del sector para el que trabaja para analizar el procedimiento sancionador. Encantado de saludarle,
Ezequiel
Buena yo hice una falta de conducta en el trabajo y me pusieron a firmar una amonestacion no me trae ningún problema con mi prestaciones laborales.
Luis Enrique de Garón Abogados
Buenas Ezequiel,
gracias por escribir en este artículo.
Entiendo que a nadie se le puede obligar a firmar una amonestación, aunque bastaría con poner «no conforme». En relación al perjuicio que se pueda ocasionar, las amonestaciones suelen ser la antesala del despido, por lo que habrá que impugnar todas las que puedan venir en un futuro.
Quedamos a tu disposición para atender tu caso Ezequiel. Gracias.
cesar
Buenas tardes,
tengo un trabajador que lo sorprendimos realizando trabajos a un cliente que despedimos hace unos meses, puedo sancionarlo con una falta Grave ..??
Luis Enrique de Garón Abogados
Buenas Cesar,
gracias por escribirnos. Procedemos a contactarte por privado para tener más detalles sobre la posible sanción al trabajador.
Un saludo.
Lorena
Buenos dias, queria consultar un caso.
El hijo de mi trabajadora lo operaron de apendicitis, y no quiso asistir al trabajo durante 3 dias, sin previo aviso a la empresa. Que tipo de sancion le corresponderia? Gracias
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Lorena.
Lo que tendríamos que hacer es ver qué tipo de convenio o acuerdos sectoriales son de aplicación en este caso. A partir de ahí, ver qué indica el correspondiente procedimiento sancionador.
Espero haberte ayudado. Un saludo,
Manuel Vergara
Si ya no tienes ganas de trabajar en una empresa,ya que no haces la labor por la que te contrataron Y faltas 1 día por mes sin avisar.con cuántas cartas de amonestación te pueden despedir
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Manuel.
Tendríamos que acudir al convenio de tu sector para analizar los procedimientos sancionadores, por si pudiera resolver éste extremo.
Encantado de saludarte,
Alejandro-p
hola!
Quiero saber, en mi trabajo me hicieron firmar una carta de amonestación y quiero saber si eso perjudica en mi hoja de vida o historial de trabajo ?
espero su pronta respuesta gracias.
Luis Enrique de Garón Abogados
Buenas Alejandro,
gracias por escribirnos.
En relación a tu asunto, firmar una carta de amonestación es estar de acuerdo con lo dispuesto, y reunir varias de ellas puede ser justa causa para un despido disciplinario procedente.
Quedamos a tu disposición para cualquier asunto que podamos ayudarte. Un saludo.
Francisca lara
Buenas tardes me pueden poner carta de amonestacion por haberme cortado dos veces el dedo en maquina laminadora… Y si tengo que firmarla o no
Luis Enrique de Garón Abogados
Buenas Francisca,
gracias por escribirnos para exponer tu caso.
Cierto es que es una situación un tanto anómala, por lo que habría que estudiar las circunstancias de los accidentes laborales para interponer el porqué de tener que firmar una carta de amonestación. No obstante, siempre que no se esté de acuerdo, se podrá acudir a impugnar la sanción ante la jurisdicción social.
Quedamos a tu disposición para preparar tu defensa.
Un saludo,
Camilo Villenas
¿Pueden enviar una carta de amonestación a tu domicilio, fuera de una jornada Laboral.?
Luis Enrique de Garón Abogados
Buenas Camilo,
gracias por contar tu caso.
Habría que entrar a valorar el medio. No obstante, siempre que no estés conforme con la amonestación puedes impugnarla.
Quedamos a tu disposición para poder atenderla. Un cordial saludo,
Ada
Buenas, a mi esposo lo pusieron a firmar una carta de amonestación , esto le puede afectar en las referencias laborales y en su hoja de vida?k
omar sequera
buenas noche Abogado soy un oficial de seguridad y trabajo 12×12 dos de días dos de noche dos libre pero trabajo 11 días 6 de días 5 de noche osea 72 hora de dias 60 de noche y la ley me dice trabajar de dias 40 horas de dias y 36 de noche las hora restante deberia pagarla como hora extra
Luis Enrique de Garón Abogados
Estimado Omar,
gracias por escribirnos.
Hay que estar a lo que dispone su convenio de empresa. Ahí se recoge el número de horas de trabajo que ha de realizar y lo que se entiende como hora extra. En el supuesto de haber discrepancias, se podrán solicitar las diferencias salariales.
Un cordial saludo,
barbara
Hola buenas tardes,
soy una chica que trabaja como higienista dental en Madrid, hace un mes me pusieron una amonestación leve por que dicen que me ausente del trabajo en horario laboral, firme como no conforme ya que no era cierto, y ahora no me fío de ellos. ¿por una falta leve te pueden echar del trabajo? ¿y que tipo de despido seria? llevo en esa clínica un año y 9 meses y creo que mi jefe no quiere indemnizarme. no quiere echarme, me dice que si quiero irme que me vaya yo.
un saludo y gracias
Luis Enrique de Garón Abogados
Buenas Bárbara,
gracias por contarnos tu caso.
En relación a la misma, por poder si se puede despedir. Otra cosa diferente es que ese despido sea disciplinario y procedente. En caso de proceder de ese modo, probablemente estemos ante un despido improcedente.
Quedamos a tu disposición para poder defender tu caso si fuera oportuno. Un cordial saludo,
Elisa
Buenas. Tenemos un trabajador que nunca hace su horario completo por lo que no da el relevo al siguiente turno, siempre está peleando con los compañeros, su rendimiento ha bajado, … Que deberíamos hacer?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por contactarnos Elisa,
procedemos a contactarte por privado para darte más detalles. Un cordial saludo,
catherine
Hola, tengo un trabajador que me ha faltado varias veces el respeto y que no sigue mis indicaciones… incluso me ha dicho que no tengo experiencia.
Puedo amonestar? dejar una notificación advertencia, ya que si no lo hago lo volverá a hacer y por parte de la empresa no dicen nada.
Luis Enrique de Garón Abogados
Buenas Catherine,
gracias por escribirnos. En relación a la consulta, entiendo que representas a la empresa, por lo que podrás realizar amonestaciones a trabajadores, siempre y cuando, infrinjan el condigo de conducta interno.
Evidentemente, la notificación de advertencia tiene que llegar a conocimiento del trabajador.
Quedamos a tu disposición para tener más detalles del caso. Un saludo,
Karina
Hola una consulta es legal que despues de 4 meses te hagan firmar una carta de amonestacion por un incidente en octubre
Luis Enrique de Garón Abogados
Buenas Karina,
gracias por escribirnos para contar tu caso. En relación a los hechos, no es muy normal esa actuación. Si no estás de acuerdo puedes impugnarla.
Un saludo,
Isabel
Hola! Tengo a la empresa denunciada desde primeros de Diciembre del 2018,el juicio es el día 29 de Octubre,sentir de dos semanas.La gerente me dijo ayer que me iba a hacer un escrito,por mal comportamiento( mentira) Pueden hacérmelo?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Isabel.
Entiendo que los motivos de la denuncia a la empresa es para impugnar las amonestaciones o sanciones, ¿verdad?
Por poder sancionar por nuevos hechos, la empresa lo puede hacer, pero se pueden impugnar y si se produjese el despido, podría ser incluso nulo. No obstante, habría que ver los hechos para poder valorarlos con datos más concretos al caso.
Quedamos a tu disposición para cualquier aclaración. Encantado de saludarte,
Antonia catrilao soto
Hola soy Antonia las cartas de amonestación influyen en tu hoja de vida yo tengo solo una pero me interesa que no salga en mi hoja de vida laboral ya que soy personal de la salud ?
Daniuska
Hola! Tuve una discusión con mi jefa por el tema de las vacaciones que me las quería negar, salí de vacaciones 2 días después de esa discusión (por qué así lo quiso ella) y le ha dicho a mis compañeros que cuando regrese de vacaciones me hará una carta de amonestación… Eso es posible? Ella puede hacer eso después de tantos días? Habiendo ella gritado también?
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Daniuska.
La empresa puede apercibir o amonestar. De igual modo, el trabajador puede impugnar esos hechos si no está conforme ya que dichas amonestaciones tienen efectos jurídicos que, según el convenio colectivo por el que rija vuestra relación laboral, puede tener unas consecuencias u otras.
Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,
Ana Belen
Hola , tengo una duda … Puede un trabajador ser amonestado por dormir en horario de trabajo , interrumpiendo el funcionamiento normal del establecimiento??
Luis Enrique de Garón Abogados
Buenas Ana,
entiendo que si se duerme en horario de trabajo está incumplimiento con sus obligaciones como trabajador, y en ese sentido podría ser amonestado o advertido al menos.
Espero haberte ayudado. Un saludo,
Romerg
Hola
Hace dos días mientras esperábamos entrar al trabajo le di una colleja a un compañero (en plan cariñoso).se rebotó.
Al siguiente día al finalizar la jornada le quise volver a gastar una broma para romper hielo( sin daño físico ni psíquico)se rebotó)..
Creo que me ha denunciado al jefe taller.
Puede ser motivo de sanción?
Manuel reyes
Olas buenas me gustaria saber si es verdad q despues de 3 cartas de amonestacion el empleador puede despedirlo sin pagarle los años de servicio muchas gracias
marbe
Buenas noches. Me quieren hacer una carta de amonestación en el trabajo, por un incidente. Si no estoy de acuerdo que puedo hacer? Y eso afectaría mi expediente laboral para futuro empleo en otra empresa?
Siomara
Hola, disculpe puedo recibir un memorándum aunque no esté en planillas?
jesus
hola buenas noches me descansaron 3 días por una acción de indisciplina es necesario tener un documento que especifique el motivo de mis días de castigo o puede afectar mi situación laboral?. puedo pedirle a la empresa el reglamento interno para corroborar la falta? gracias por su tiempo.
Christopher
Me quieren imponer una amonedtacion de algo que no soy responsable con suspencion de 3 dias. No me parece justo que me quieran hacer firmar.
Virginia
Buenas tardes,
Quiero saber si una amonestación es razón para despido sin prestaciones laborales?
Y si la no existencia de un comité de hiegine y seguridad en una estación de combustible es razón para una dimisión?
Judith
Sin avisarme anteriormente mi jefa ha venido con dos faltas graves para que las firmase. Una por faltas de asistencia y otra por mirar el móvil en el trabajo. No se si es posible hacer eso. Con cuantas faltas graves me puede echar?
Caty
Hola..me hablo mi supervisora diciéndome que me dará una carta de amonestación por hablar en una reunión sobre un local que no me toca ver… es justificable?
Michael Jalon
Buenas tardes Luis Enrique,
Me hicieron una amonestación leve por no presentarme a mi puesto de trabajo. El motivo de ausencia fue por dos citas medicas (las cuales tienen soporte del centro medico) en horarios de mañana y otra por la tarde. Todo esto con previo aviso a mi supervisora directa.
Esta falta si no la impugno afectaría mi vida laboral en otras empresas?
aisquel lopez
hola, necesito como montar un proceso administrativo a unos compañeros que han faltado al trabajo y no tengo ninguna justificación solo que uno de ellos en un llamado de atención por sus faltas con la directora le expreso que renunciaría pero ya hace muchos dias no eso y no ha traido nada ni se a presentado a su puesto de trabajo y lo hemos llamado ,mando mensaje ,correos y nada
Sil
Hola, buenas tardes! me gustaria saber si es verdad q despues de 3 suspensión el empleador puede despedirlo sin pagarle los años de servicio muchas gracias.
Anónimo
Hola el día de hoy menos me pudoerom una amonestacion en mí trabajo es (guardería) decía que yo le hice algo aún Niño solo me hicieron firmar eso me afecta ? Tenía que firmar
Andrea
Hola me gustaria saber si es verdad q despues de 3 cartas de amonestacion por atraso el empleador puede despedirlo sin pagarle los años de servicio muchas gracias
Sara
Hola buenos dias soy jefa de tienda en un supermercado varias clientas me han comunicado que dos de las trabajadoras estan hablando mal de los jefes y estan perjudicando a la empresa si les pongo una falta grave como justifico los comentarios gracias un saludo
Luis Enrique de Garón Abogados
Buenas Sara,
gracias por contactarnos. Procedemos a contactarte por privado para tener más detalles sobre el comportamiento de los trabajadores.
Un saludo,
Soraya Diaz
He contratado a una auxiliar de enfermería para el cuidado de dos adultos mayores. En dos ocasiones descubrimos golpes en el cuerpo de mi madre que no fueron reportados. Ya no confiamos en ella y queremos terminar la relación laboral. Que podemos hacer? Gracias
Mendez
Saludos,
Existe alguna portal o entidad que me pueda informar si tengo algún tipo de amonestación reportada?
SheilaC
Hola, ¿puede una secretaria dar un aviso disciplinario a un empleado y firmarlo como la persona a cargo de dar el mismo?
María José
mi marido tiene 3 cartas de amonestaciones por distintos motivos y lo despidieron es legal
Rafael
Hola buenas tardes quisiera que me informase si me pueden sancionar con diez días de empleo y sueldo por llegar una hora tarde al trabajo,habiendo sido sancionado por la misma causa hace un mes y haberlo hecho hace más de un año
Luis Enrique de Garón Abogados
Estimado Rafael,
agradecer que nos hayas contactado para poder ayudarte en este asunto laboral.
En relación a la consulta planteada puedo decirte que habría que estudiar el convenio que regula vuestra actividad, y en concreto a lo que se recoge en el procedimiento sancionador. Sólo de esta manera podemos ver si procede o no procede. No obstante, si no estás de acuerdo con esta decisión, podrás impugnarla ante el Juzgado de lo Social.
Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,
Raquel
Hola, tengo un trabajador que se duerme en el puesto de trabajo en reiteradas ocasiones a lo largo del día (siestas de 20-30-40minutos). Es motivo de despido o bien debo empezar poniéndole sanciones y juntar varias??? Hemos puesto cámaras de videovigilancia hace unas semanas tras un robo y además tengo vídeos en mi teléfono desde hace varios meses. Se podrían usar las imágenes como prueba? Tenemos convenio del comercio del metal en BCN y no sé bien dónde encajarlo. Muchísimas gracias
Luis Enrique de Garón Abogados
Estimada Raquel,
agradecer que nos hayas contactado. En primer lugar, imagino que la utilización de videovigilancia estará informado debidamente. Por otro lado, entiendo que ese tipo de comportamientos deben de apercibirse por medio de cartas de amonestación y/o apercibimientos. La acumulación de cartas de amonestación podría ser causa de despido procedente.
Ponte en contacto con nosotros por privado para tener más detalles del caso. Encantado de saludarte,
Ricardo
Hola Abogado Luis Enrique tengo una pregunta trabajo en una escuela pública y el jefe del departamento de recursos humanos me llevo un memorandum donde dice que tengo una falta cierto dia, yo me negué a firmarlo por que no estoy seguro si realmente falte o se me paso checar, al negarme a firmarlo el jefe del departamento se enojo y le puso que me negué a firmar el memorandum, mi pregunta seria aún sin firmar el memorandum me pueden meter la falta y descontarme del sueldo?
Luis Enrique de Garón Abogados
Estimado Ricardo,
agradecer que nos haya contactado. Para determinar los efectos de los procedimiento sancionadores debemos de acudir al convenio colectivo. En el caso de no estar conforme con la sanción que se haya indicado, tendremos los plazos que dispone la ley para impugnarlo.
Espero haberte ayudado. Un cordial saludo,
Marta
Buenos días, me acaba de llegar un burofax con una sanción leve.
La carta me expone q no hago mi faena(tengo 2 horas para limpiar una biblioteca entera) no es pq no quiera es pq no tengo tiempo. Q debo hacer? Gracias
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Marta.
Si no estamos conformes con la sanción leve, lo que hay que hacer es impugnar la misma dentro del plazo de 20 días.
Quedo pendiente de tus noticias por si pudiéramos ayudarte en el caso. Encantado de saludarte,
brayan diaz
Firme unos descargos por llegadas tardes comprometí a enviar un correo a la hora de ingreso el cual a veces no lo hago por mucho trabajo me llega hoy un memorando que consecuencias tiene ese memorando en mi trabajo ay la posibilidad de que me despidan
Christian
Hola buenas noche me gustaría saber a cuánto tiempo se borra una amonestación, es decir se elimina o se desaparece del expediente, trabajo en hostelería que entiendo que se borra en un plazo de meses si no me equivoco seria 6 meses me gustaría saberlo gracias
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias Christian.
Necesitaríamos acudir al convenio de tu sector y ver qué indica el mismo sobre los plazos de prescripción de las sanciones laborales.
Espero haberte ayudado. Encantado de saludarte,
Miguel Cespedes
Hola, presente una queja porque un compañero de trabajo me empujo sin motivo echándome casi a perder mi trabajo.
Ahora me quieren hacer firmar una carta de suspension ya que el otro conpañero miente asegurando que estabamos jugando y que lo insulte y por eso me empujo. Hechos que no son ciertos.
Si no estoy de acuerdo con esta injusticia que puedo hacer? No quiero firmar
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por escribirnos Miguel.
Puedes poner «no conforme» a la carta de amonestación e incluso podrías ir a un procedimiento laboral. Habría que estudiar todos los antecedentes del caso para valorar si es la mejor opción.
Encantado de saludarte,
Juan López
Buenos días,
trabajo en un centro de protección de menores, con la crisis del coronavirus no se están cumpliendo las medidas necesarias para asegurar nuestra salud. Se las he notificado al director del centro, mandandole los articulos que se están incumpliendo de los distintos protocolos de actuación que no se siguen (que, por cierto, no están actualizados más que a fecha día 6 de marzo). Ante esto unos compañeros y yo nos negamos a ir a trabajar, notificandolo. Más tarde me deducen el sueldo de los días que no he ido pero no se me da ni una carta de amonestación ni de notificación ni nada. Se ponen en contacto videoconferencia en un ejercicio de opresión y falta a la verdad continuas. Me gustaría saber si podéis representarme en este caso, temas de honorarios y medidas a tomar ahora.
Un saludo,
J
Luis Enrique de Garón Abogados
Muchas gracias por contactarnos Juan.
Nos ponemos en contacto contigo por privado. Agradecido,
alejandra
buenas tardes
en que afecta un llamado de atención con copia a la hoja de vida?
muchas gracias
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por contactarnos Alejandra.
Una llamada de atención en el trabajo no tiene ninguna incidencia en la hoja de vida laboral. Un saludo,
Marta
He recibido un apercibimiento con el que no estoy de acuerdo, ¿Debería alegar? También creo que la empresa no lo ha comunicado de forma correcta.
Luis Enrique de Garón Abogados
Gracias por contactarnos Marta. Si no estás de acuerdo con los apercibimientos y sanciones se pueden formular alegaciones e impugnar respectivamente. Habría que ver el convenio colectivo en cuestión para analizar el caso. Nos ponemos en contacto. Un saludo,
enrique
hola buen dias me an puesto una carta disiendome que tengo tres dias de supension de trabajo yo avia trabajado 12 dias consecutivo me tocaban sabdo y domingo libre los cuales ya le avia comentado k ese finde tenia compromiso familiar luego el miercoles de dicha semana me dicen que tengo k ir el sabdo 6 a una cocina de dicha empresa a mirar como trabajan lo demas compañero no fui porque eran mi dias libre un saludo
CRIS
Mi empresa me ha enviado un email comunicándome que he cometido una falta grave en el trabajo. Debo impugnar esta comunicación de falta grave aunque no me ha llegado la propuesta de sanción correspondiente o hay que esperar a que llegue esta sanción por escrito?
Luis Enrique García Martínez
Gracias por exponer tu asunto. Si no estás conforme con la sanción o propuesta de sanción realizada por la empresa tendrás que impugnar la sanción por vía judicial. Te hemos contactado para tener acceso a la comunicación del procedimiento sancionador. Quedamos atentos a tus comentarios.Encantado de saludarte,
Deja un comentario
Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *