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Civil

La importancia del informe pericial en el trabajo de abogados

Los requisitos que debe de tener un informe pericial y los plazos para presentarlo en una reclamación.

Luís Enrique García Martínez

Abogado

informe pericial

El informe pericial es uno de los elementos probatorios más esenciales en una gran pluralidad de procedimientos como responsabilidad médica, vicios ocultos, vivienda y consiste en un documento técnico elaborado do por un perito profesional con conocimientos especializados en una materia concreta (medicina, ingeniería, arquitectura, automoción, etc.).

La finalidad de este informe es ayudar al juez o tribunal, aportando una valoración sobre los hechos relevantes y esclarecer las dudas que pueda tener por especialidad de la materia del procedimiento judicial, para que así este pueda fundamentar la decisión judicial en una base objetiva y profesional.

Como abogado civil, la participación de estos profesionales en procedimientos de materias técnicas es importantísima. En este punto, siempre nos gusta que la preparación de los informes como su ratificación en juicio esté coordinada con nuestro equipo. De esta manera, podremos abordar mejor la reclamación.

Características

El informe pericial expone cuestiones técnicas o científicas a un lenguaje que sea comprensible para el órgano judicial. Además debe contener las siguientes características

  • Objetividad y imparcialidad: el perito debe actuar con independencia, sin defender intereses ajenos a la verdad técnica, aunque pueda ser contratado por una de las partes
  • Rigor técnico: el informe debe apoyarse en normas, metodologías ensayos, mediciones y conocimientos aceptados por la disciplina y estado de la ciencia correspondiente
  • Motivación y fundamentación: las conclusiones deben ser razonadas y justificadas de acuerdo con el estado de la ciencia
  • Formalidad: cumple una estructura ordenada y registros legales cuando se aporta en sede judicial.

Aplicación

El informe pericial se emplea tanto en el ámbito judicial como extrajudicial, siendo que deviene una pieza clave cuando el litigio gira alrededor de hechos técnicos que el juez no tiene la obligación de conocer.

Estructura básica

Hay determinados elementos que un informe pericial debe contener:

  • Identificación del perito: su formación, experiencia y habilitación profesional. Además, debe constar la declaración de imparcialidad del perito.
  • Objeto del informe: descripción detallada de las cuestione periciales
  • Antecedentes y documentación analizada: una breve descripción de los hechos examinados
  • Metodología empleada: ser la metodología aceptada al estado de la ciencia de la materia
  • Desarrollo técnico y análisis: es el estudio de los hechos de conformidad con la metodología empleada
  • Conclusiones: a las conclusiones a las que se ha llegado con el análisis realizado
  • Anexos: las fotografías, planos, mediciones, ensayo o normativa que se ha empleado en la elaboración del dictamen
  • Fecha y firma del perito.

¿Cuándo hay que presentar un informe pericial?

La aportación al proceso del informe pericial se regula en los artículos 335 Ley de Enjuiciamiento Civil y ss. como norma general debe aportarse acompañando a la presentación de la demanda o en el momento de la contestación, salvo imposibilidad debidamente justificada.

  • Parte actora àse debe justificar debidamente que la defensa del derecho no permitiría la espera de la interposición de la demanda a obtener el dictamen.
  • Parte demandada à la imposibilidad de obtener el informe en el plazo para contestar al escrito

Tenemos por excepción a esta norma cuando es imposible aportarlo con estos escritos, aportar el informe pericial en un momento posterior, siempre y cuando este se haya anunciado en el escrito de demanda o contestación de demanda, siendo que debe aportarse en cualquier caso 5 días antes de la celebración de la audiencia previa en el procedimiento ordinario o antes del transcurso de 30 días tras la presentación de los correspondientes escritos en el procedimiento verbal

Caso

La sección 19 de la Audiencia de Barcelona en su sentencia SAP B 10469/2025 de 17 de noviembre de 2025 inadmitió la aportación posterior de un dictamen por no estar debidamente anunciado.

No basta con fijar como hecho que la parte está estudiando los hechos con un profesional. Además, como segundo motivo para rechazar la aplicación del 337 LEC, es que no se expresaba el motivo por el cual la prueba no podía ser aportada con la presentación del escrito.

Los casos que más lo utilizamos nosotros

A continuación, detallamos algunos casos importantes en los que requerimos la asistencia de peritos.:

  • Vicios ocultos vehículo: el informe pericial es esencial en vicios ocultos para acreditar la existencia de los defectos no visibles al momento de la compra, determinar si el vicio es previo a la transmisión y valorar el coste de reparación o la perdida de valor.
  • Delitos socioeconómicos: especialmente para delitos relacionados con el ámbito de la empresa, como administración desleal, apropiación indebida, etc.
  • Reclamación de impagos: cuando haya que acreditar extremos técnicos y sea preciso contar con su apoyo.
  • También se suele emplear el informe para detectar los defectos estructurales, humedades y filtraciones, deficiencias constructivas o incumplimientos del Código Técnico de la Edificación e incluso reformas mal hechas.

Preguntas frecuentes

A continuación, resolvemos algunas preguntas recurrentes sobre los informes periciales.

¿Para qué sirve?

El informe pericial, como venimos anunciando, es un medio probatorio, va a permitir acreditar la existencia de daños o defectos, así como su origen o causa y el alcance que tienen, además de la correspondiente valoración económica. Sirve para probar vicios ocultos, cuantificar indemnizaciones o reforzar la parte procesal de una de las partes, que, por la especialidad de la materia, seria muy complicado probar de otra forma.

¿Quién te hace un informe?

El informe pericial lo realiza un perito, el cual debe ser un profesional en la materia objeto de dictamen, el cual debe contar con la debida titulación en el area y/o contar con una amplia trayectoria profesional, lo que va a permitir establecer la fiabilidad del informe.

El perito puede ser o bien de parte o judicial:

  • Perito de parte: lo designa una de las partes del procedimiento
  • Perito judicial: designado por el Juzgado.

Luís Enrique García Martínez

Abogado

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